El PEN reorganizó la estructura del Ministerio de Salud


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    DECRETO NACIONAL 741/2025
    BUENOS AIRES, 13 de Octubre de 2025
    Boletín Oficial, 14 de Octubre de 2025
    Vigente, de alcance general
    Administración Pública Nacional, estructura orgánica, modificación de la estructura orgánica, MINISTERIO DE SALUD

    ARTÍCULO 1°.- Sustitúyense del Anexo II -Objetivos-, aprobado por el artículo 2º del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, en el Apartado XVI, MINISTERIO DE SALUD, los Objetivos de la SECRETARÍA DE GESTIÓN SANITARIA y de su dependiente SUBSECRETARÍA DE INSTITUTOS Y FISCALIZACIÓN, de conformidad con el detalle obrante en la PLANILLA ANEXA (IF-2025-105416289-APN-MS) al presente artículo, que forma parte integrante del presente decreto.

    ARTÍCULO 2°.- Sustitúyese del Anexo III -Ámbitos jurisdiccionales en los que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados-, aprobado por el artículo 3° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, el Apartado XVI, MINISTERIO DE SALUD por el que, con igual denominación, obra en la PLANILLA ANEXA (IF-2025-99508238-APN-SGA#MS) al presente artículo, que forma parte integrante de la presente medida.

    ARTÍCULO 3°.- Sustitúyese el Anexo Ic del artículo 1° del Decreto N° 1138 del 30 de diciembre de 2024 por el que, con igual denominación, obra en la PLANILLA ANEXA (IF-2025-99508561-APN-SGA#MS) al presente artículo, que forma parte integrante del presente decreto.

    ARTÍCULO 4°.- Incorpóranse al Anexo II del artículo 1° del Decreto N° 1138 del 30 de diciembre de 2024 la Responsabilidad Primaria y las Acciones de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL CÁNCER dependiente de la SECRETARÍA DE GESTIÓN SANITARIA, de conformidad al detalle obrante en la PLANILLA ANEXA (IF-2025-105416418-APN-MS) al presente artículo, que forma parte integrante del presente decreto.

    ARTÍCULO 5°.- Incorpórase al Anexo II del artículo 1° del Decreto N° 1138 del 30 de diciembre de 2024, como Acción 13 de la DIRECCIÓN NACIONAL DE ABORDAJE INTEGRAL DE ENFERMEDADES NO TRANSMISIBLES dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN Y PROGRAMACIÓN SANITARIA de la SECRETARÍA DE GESTIÓN SANITARIA del MINISTERIO DE SALUD, la siguiente:.

    "13. Planificar, elaborar y coordinar políticas nacionales en materia de prevención de enfermedades cardiovasculares".

    ARTÍCULO 6°.- Suprímese del Anexo II del artículo 1° del Decreto N° 1138 del 30 de diciembre de 2024 la Acción 11 de la DIRECCIÓN NACIONAL DE HABILITACIÓN, FISCALIZACIÓN Y SANIDAD DE FRONTERAS de la SUBSECRETARÍA DE INSTITUTOS Y FISCALIZACIÓN de la SECRETARÍA DE GESTIÓN SANITARIA del MINISTERIO DE SALUD.

    ARTÍCULO 7°.- Sustitúyese del Anexo II del artículo 1° del Decreto N° 1138 del 30 de diciembre de 2024, la Responsabilidad Primaria y las Acciones de la DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN DE SERVICIOS ASISTENCIALES, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE INSTITUTOS Y FISCALIZACIÓN de la SECRETARÍA DE GESTIÓN SANITARIA del MINISTERIO DE SALUD de conformidad con el detalle obrante en la PLANILLA ANEXA (IF-2025-105416604-APN-MS) al presente artículo, que forma parte integrante del presente decreto.

    ARTÍCULO 8°.- Sustitúyese el Anexo IIIc del artículo 2° del Decreto N° 1138 del 30 de diciembre de 2024, por el que, con igual denominación, obra en la PLANILLA ANEXA (IF-2025-105416856-APN-MS) al presente artículo, que forma parte integrante del presente decreto.

    ARTÍCULO 9°.- Incorpóranse al Anexo IV del artículo 2° del Decreto N° 1138 del 30 de diciembre de 2024 las Acciones de la Dirección de Prevención, Diagnóstico y Tratamiento y de la Dirección de Sistemas de Información y Gestión del Conocimiento en Cáncer, ambas dependientes de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL CÁNCER de la SECRETARÍA DE GESTIÓN SANITARIA del MINISTERIO DE SALUD, de conformidad al detalle obrante en la PLANILLA ANEXA (IF-2025-105417198-APN-MS) al presente artículo, que forma parte integrante del presente decreto.

    ARTÍCULO 10.- Deróganse, incorpóranse, homológanse y reasígnanse en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, los cargos pertenecientes al MINISTERIO DE SALUD que se detallan en la PLANILLA ANEXA (IF-2025-105417308-APN-MS) al presente artículo, que forma parte integrante del presente decreto.

    ARTÍCULO 11.- Derógase la Decisión Administrativa N° 23 del 18 de enero de 2019.

    ARTÍCULO 12.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con los créditos asignados a la Jurisdicción 80 - MINISTERIO DE SALUD.

    ARTÍCULO 13.- La presente medida entrará en vigencia el día de su dictado.

    ARTÍCULO 14.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

    PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 1

    PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 2

    PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 3

    PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 4

    PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 7

    PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 8

    PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 10

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