Aprobaron la privatización parcial de Nucleoeléctrica Argentina S.A.


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    DECRETO NACIONAL 695/2025
    BUENOS AIRES, 29 de Septiembre de 2025
    Boletín Oficial, 30 de Septiembre de 2025
    Vigente, de alcance general
    Privatizaciones, SOCIEDAD NUCLEOELÉCTRICA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, energía eléctrica, ENERGÍA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA

    ARTÍCULO 1°.- Autorízase, en los términos del artículo 4° del Anexo I del Decreto N° 695/24, el procedimiento para la privatización parcial de NUCLEOELÉCTRICA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, bajo la modalidad de venta de acciones, conforme lo establecido en el artículo 17, inciso 2) de la Ley N° 23.696 y sus modificatorias y el otorgamiento de preferencia a un Programa de Propiedad Participada, conforme lo establecido por los artículos 16, inciso 2) y 21 y concordantes de la Ley N° 23.696 y sus modificatorias y por el inciso (i) del artículo 8° de la Ley N° 27.742.

    ARTÍCULO 2°.- El MINISTERIO DE ECONOMÍA, con la intervención de la Unidad Ejecutora Especial Temporaria "AGENCIA DE TRANSFORMACIÓN DE EMPRESAS PÚBLICAS", adoptará las medidas necesarias para dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 1° de este decreto, debiendo concretar las siguientes acciones:.

    a. la organización de un Programa de Propiedad Participada por el CINCO POR CIENTO (5 %) del capital accionario de NUCLEOELÉCTRICA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA; y .

    b. la venta del CUARENTA Y CUATRO POR CIENTO (44 %) de las acciones en bloque de NUCLEOELÉCTRICA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA mediante el procedimiento de licitación pública de alcance nacional e internacional, con base en los términos de la Ley N° 23.696 y sus modificatorias.

    El CINCUENTA Y UNO POR CIENTO (51 %) del paquete accionario de NUCLEOELÉCTRICA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA quedará en poder del ESTADO NACIONAL -SECRETARÍA DE ENERGÍA y de la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA-, manteniendo el ESTADO NACIONAL la participación mayoritaria en el capital social.

    En la modalidad y el procedimiento referidos no se prevé el otorgamiento de otra preferencia que no sea la implementación del Programa de Propiedad Participada establecida en el inciso a) del presente artículo.

    ARTÍCULO 3°.- El MINISTERIO DE ECONOMÍA, en su carácter de Autoridad de Aplicación, dictará las normas operativas y complementarias que resulten necesarias para dar cumplimiento a las disposiciones previstas en el presente decreto con la intervención de la Unidad Ejecutora Especial Temporaria "AGENCIA DE TRANSFORMACIÓN DE EMPRESAS PÚBLICAS".

    ARTÍCULO 4°.- Dese intervención a la SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO en el marco de lo estipulado por el artículo 1° del Decreto N° 584/93, reglamentario del Capítulo III de la Ley N° 23.696 y sus modificatorias, y a la DIRECCIÓN NACIONAL DE NORMALIZACIÓN PATRIMONIAL de la SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y NORMALIZACIÓN PATRIMONIAL de la SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, de conformidad con lo establecido en el ANEXO II (IF-2023-61456375-APN-DNDO#JGM) de la Decisión Administrativa N° 449 del 5 de junio de 2023.

    ARTÍCULO 5°.- Instrúyese a NUCLEOELÉCTRICA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA a transferir, en el plazo de SESENTA (60) días, el CERO COMA CERO UNO POR CIENTO (0,01 %) de las acciones del capital accionario de ENERGÍA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA al ESTADO NACIONAL -SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA.

    ARTÍCULO 6°.- Instrúyese a ENERGÍA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA a transferir el UNO POR CIENTO (1 %) de las acciones del capital accionario de NUCLEOELÉCTRICA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA al ESTADO NACIONAL -SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA- previo al perfeccionamiento del procedimiento de licitación pública de alcance nacional e internacional, con base, previsto en el artículo 2°, inciso b) del presente.

    ARTÍCULO 7°.- El presente decreto entrará en vigencia el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.

    ARTÍCULO 8°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

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