Declararon la competencia de la Justicia del Trabajo en un reclamo por la reincorporación de un delegado de ATE


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    Determinaron que la Justicia Nacional del Trabajo es competente en una acción cautelar innovativa interpuesta con el fin de obtener la reinstalación provisoria en el puesto de quien adujo haber sido designado como delegado de ATE en un hospital público. Señalaron que el núcleo sustancial de la controversia aparece proyectado sobre la dimensión colectiva del vínculo laboral, en tanto se alega la afectación de garantías de la libertad sindical, y que dicha circunstancia habilita la aplicación de los arts. 20 y 21, inc. a, de la Ley 18.345, que consagran la competencia material del fuero laboral en las cusas que versan sobre cuestiones vinculadas con los derechos colectivos del trabajo, aun cuando una de las partes resulte ser el Estado Nacional o cualquier otro órgano de la Administración Pública.

    SENTENCIA
    CAMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO
    CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
    24 de Julio de 2025
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    Carátula: Ríos, Javier Omar c/ Estado Nacional Ministerio de Salud Hospital Nacional en Red especializado en Salud Mental y Adicciones Lic. Laura Bonaparte s/ medida cautelar

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