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- LEY 3.934
- RIO GALLEGOS, 12 de Junio de 2025
- Boletín Oficial, 12 de Agosto de 2025
- Vigente, de alcance general
El Poder Legislativo de la Provincia de Santa Cruz Sanciona con Fuerza de LEY
Artículo 1.- INCORPÓRASE los incisos g) y h) al artículo 167 de la Ley 3486 de Código Fiscal, el que quedará redactado de la siguiente manera:
"Artículo 167.-.
g) los ingresos obtenidos por los sujetos radicados en la Zonas Francas Santacruceñas, provenientes de actividades efectivamente realizadas en dicho ámbito territorial;
h) los ingresos provenientes de la introducción de bienes desde el Territorio Aduanero General o Especial con destino a las Zonas Francas Santacruceñas, como también los derivados de las locaciones -sea de bienes, obras o servicios- y prestaciones de servicios que se realicen efectivamente en el ámbito de las Zonas Francas Santacruceñas con los sujetos radicados en ella".-
Artículo 2.- COMUNÍQUESE al Poder Ejecutivo Provincial, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-
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Fuente de Información

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