Resolución 4770/20 - Administración Federal de Ingresos Públicos


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    Resolución 4.770/2020
    AFIP
    Emitida el 24 de Julio de 2020
    Boletín Oficial, 28 de Julio de 2020
    Vigente, de alcance general
    Derecho tributario y aduanero, obligación tributaria

    ARTÍCULO 1°.- Sustituir en el artículo 20 de la Resolución General N° 4.557, sus modificatorias y su complementaria, la expresión ".entre los días 14 de agosto de 2019 y 31 de julio de 2020, ambos inclusive.", por la expresión ".entre los días 14 de agosto de 2019 y 31 de agosto de 2020, ambos inclusive.".

    ARTÍCULO 2°.- Las disposiciones de esta resolución general entrarán en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.

    ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial y archívese.

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