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- DECRETO NACIONAL 546/2025
- CAPITAL FEDERAL, 5 de Agosto de 2025
- Boletín Oficial, 6 de Agosto de 2025
- Individual, Solo Modificatoria o Sin Eficacia
ARTÍCULO 1°.- Recházase el reclamo impropio interpuesto por la SOCIEDAD ARGENTINA DE AUTORES Y COMPOSITORES DE MÚSICA (SADAIC) contra el Decreto N° 765 del 27 de agosto de 2024.
ARTÍCULO 2°.- Hágase saber a la reclamante que con el dictado del presente acto queda agotada la vía administrativa, en los términos de los artículos 24, inciso a) de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549 y 73 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 - T.O. 2017, quedando expedita la vía judicial.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
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