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- DECRETO 610/2025
- VIEDMA, 21 de Julio de 2025
- Boletín Oficial, 28 de Julio de 2025
- Vigente, de alcance general
Artículo 1º.- Aprobar la reglamentación de la Ley N° 5.782, que como Anexo I (IF-2025-00716424-GDERNE-MG) forma parte integrante del presente Decreto.
Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Gobierno, Trabajo y Turismo y de Hacienda.
Artículo 3º.- Registrar, comunicar, dar al Boletín Oficial, publicar y archivar.
Artículo 1°.- Sin reglamentar.
Artículo 2°.- Sin reglamentar.
Artículo 3°.- Sin reglamentar.
Artículo 4°.- El visado de los proyectos presentados será realizada por la Comisión Especial creada en el ámbito del Ministerio de Gobierno, Trabajo y Turismo por el artículo 4.º del Decreto N.º 422/2025, reglamentario de la Ley N.º 5733. Dicha Comisión intervendrá con carácter previo a la transferencia de fondos, en el marco de las funciones de seguimiento y control establecidas por la normativa vigente.
Artículo 5°.- Sin reglamentar.
Artículo 6°.- Sin reglamentar.
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