Difunden la Línea Telefónica Gratuita, Podemos Hablar - Jujuy te Escucha


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    LEY 6.458
    SAN SALVADOR DE JUJUY, 27 de Mayo de 2025
    Boletín Oficial, 27 de Junio de 2025
    Vigente, de alcance general
    Línea telefónica, violencia de génerolínea telefónica, violencia de género, Comunicaciones, Derechos humanos

    LEGISLATURA DE JUJUY LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE LEY

    ARTÍCULO 1º.- El objeto de la presente Ley es la difusión y publicidad de la Linea Telefónica Gratuita 0800 888 4363 "Podemos Hablar - Jujuy te Escucha", o la línea por la que fuera reemplazada eventualmente, en los medios de comunicación digitales y/o analógicos de la Provincia.-

    ARTÍCULO 2º.- Invitase a los medios de comunicación digitales y/o analógicos de la Provincia de Jujuy, a dar mención expresa de la Línea 0800 888 4363 "Podemos Hablar Jujuy te Escucha", ante toda cobertura periodística que aborde hechos de violencia por motivos de género ejercido contra mujeres y personas de la diversidad sexual.

    ARTÍCULO 3º.- Encomiéndese al Consejo Provincial de Mujeres, la Igualdad de Género y el Respeto a las Diversidades, la fiscalización y verificación del cumplimiento de las disposiciones de la presente Ley por parte de los prestadores de servicios de comunicación audiovisual.-

    ARTÍCULO 4º.- Comuniquese al Poder Ejecutivo Provincial.-

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