Actualizaron el radio municipal de Cruz Alta


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    LEY 11.052
    CORDOBA, 1 de Julio de 2025
    Boletín Oficial, 28 de Julio de 2025
    Vigente, de alcance general
    Derecho constitucional, Estado, territorio, límites de la Nación, límites jurisdiccionalesDerecho constitucional, Estado, territorio, límites de la Nación, límites jurisdiccionales

    La Legislatura de la Provincia de Córdoba Sanciona con Fuerza de Ley:

    Artículo 1°- Modifícase el radio municipal de la localidad de Cruz Alta, ubicado en el Departamento Marcos Juárez de la provincia de Córdoba, de conformidad a lo establecido por el artículo 4° de la Ley N° 8102

    Artículo 2°.- La extensión lineal -expresada en metros- de cada uno de los lados que conforman el polígono del radio municipal de la localidad de Cruz Alta, como así también los valores de las coordenadas georreferenciadas de los diez vértices que delimitan dichos lados, se detallan en la documentación gráfica confeccionada por la citada municipalidad y verificada por la Dirección General de Catastro según informe técnico N° 29/2023 de fecha 7 de noviembre de 2023 que, en una foja, forma parte integrante de la presente Ley como Anexo I.

    Artículo 3°.- El polígono que define el radio municipal de la localidad de Cruz Alta ocupa una superficie total de dos mil ochocientas setenta hectáreas, cuatro mil ciento veintiséis metros cuadrados (2.870 ha, 4.126,00 m²).

    Artículo 4°.- Los puntos fijos amojonados son:

    a) 1, de coordenadas X=6347794,107 e Y=4611493,690, y b) 2, de coordenadas X=6347804,659 e Y=4611522,788.

    Artículo 5°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.

    ANEXO

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