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- LEY 11.052
- CORDOBA, 1 de Julio de 2025
- Boletín Oficial, 28 de Julio de 2025
- Vigente, de alcance general
La Legislatura de la Provincia de Córdoba Sanciona con Fuerza de Ley:
Artículo 1°- Modifícase el radio municipal de la localidad de Cruz Alta, ubicado en el Departamento Marcos Juárez de la provincia de Córdoba, de conformidad a lo establecido por el artículo 4° de la Ley N° 8102
Artículo 2°.- La extensión lineal -expresada en metros- de cada uno de los lados que conforman el polígono del radio municipal de la localidad de Cruz Alta, como así también los valores de las coordenadas georreferenciadas de los diez vértices que delimitan dichos lados, se detallan en la documentación gráfica confeccionada por la citada municipalidad y verificada por la Dirección General de Catastro según informe técnico N° 29/2023 de fecha 7 de noviembre de 2023 que, en una foja, forma parte integrante de la presente Ley como Anexo I.
Artículo 3°.- El polígono que define el radio municipal de la localidad de Cruz Alta ocupa una superficie total de dos mil ochocientas setenta hectáreas, cuatro mil ciento veintiséis metros cuadrados (2.870 ha, 4.126,00 m²).
Artículo 4°.- Los puntos fijos amojonados son:
a) 1, de coordenadas X=6347794,107 e Y=4611493,690, y b) 2, de coordenadas X=6347804,659 e Y=4611522,788.
Artículo 5°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.
ANEXO
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