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- LEY VI-353
- POSADAS, 10 de Julio de 2025
- Boletín Oficial, 22 de Julio de 2025
- Vigente, de alcance general
LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE LA PROVINCIA DE MISIONES SANCIONA CON FUERZA DE LEY
ARTÍCULO 1.- Se declara Patrimonio Cultural a la Casa de la Cultura del Municipio de Concepción de la Sierra, situado en el inmueble individualizado como: Fracción de terreno ubicada en el Lote 100, Pueblo y Municipio de Concepción de la Sierra, Departamento Concepción, de la Provincia de Misiones; con una superficie total según título de mil cuatrocientos cincuenta metros cuadrados (1.450 m2); no posee datos de plano; Nomenclatura Catastral: Departamento 05, Municipio 25, Sección 01, Chacra 00, Manzana 25, Parcela 04; Partida Inmobiliaria Nº 718; inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble al Folio Real-Matrícula Nº 109, Departamento Concepción (05).
ARTÍCULO 2.- La declaración establecida en el artículo 1, no impide la realización de obras que brinden instalaciones seguras e higiénicas y las necesarias para armonizar el contexto urbanístico y paisajístico del lugar.
ARTÍCULO 3.- Se encomienda a la Secretaría de Estado de Cultura la instrumentación de los mecanismos tendientes a proceder a la inscripción del inmueble en el Registro Provincial del Patrimonio Cultural de la Provincia en los términos previstos en la Ley VI - Nº 18 (Antes Decreto-Ley 1280/80) Régimen del Patrimonio Cultural.
ARTÍCULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
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