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- SENTENCIA
- CAMARA NAC. APELAC. EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL
- CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
- 10 de Julio de 2025
Ratificaron la medida cautelar que suspendió preventivamente los efectos de la Ley CABA 6789, en cuanto habilita la implementación del nuevo fuero laboral en la justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Advirtieron que la legislatura porteña se encuentra impedida de modificar unilateralmente la situación excepcional y transitoria de la administración de justicia en el ámbito de la ciudad de Buenos Aires en tanto sea asiento de la Capital de la República y en todo aquello que no resulte previsto expresamente por la Ley 24.588. Señalaron que, para poner en funcionamiento la justicia del Trabajo, la Ciudad debía promover y alcanzar los acuerdos necesarios con el Estado Nacional, formalizando los convenios para una transferencia racional de competencias. En tal sentido, agregaron que el retardo en conseguir los acuerdos políticos necesarios para la transferencia de competencias jurisdiccionales, no autoriza al gobierno local a sancionar leyes que implican un rediseño institucional de la administración de justicia de forma unilateral.
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Carátula: Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional c/ Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Leyes 6789 Y 6790) y otro s/ medida cautelar (autónoma)
Fuente de Información

➥ Ratificaron la destitución de una jueza por ignorancia del derecho e incumplimiento reiterado de sus obligaciones
➥ Sobreseyeron por prescripción a uno de los imputados negando el beneficio a quienes continuaron abusando de la víctima
➥ Revocaron la sentencia que había rechazado el retiro del policía por incapacidad total por acto de servicio
➥ Ratificaron la improcedencia de la capitalización anual de los créditos laborales desde la notificación de la demanda