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- Resolución 29/20
- Tribunal Fiscal de la Nación
- Emitida el 31 de Julio de 2020
- Boletín oficial, 31 de Julio de 2020
Señala que el art. 8 del Anexo Expediente Electrónico, aprobado por la Acordada Administrativa TFN Nro 1 del 25 /03/2019, se dispuso que la acumulación de expedientes electrónicos, se efectuará mediante el sistema de tramitación conjunta. En consecuencia, refiere que al haberse desarrollado en el organismo un mecanismo provisorio que permite cumplir con las normas jurisdiccionales y procesales respectivas, corresponde dejar sin efecto la suspensión de plazos dispuesta por la Resolución 115, del 02/12/2019, del Tribunal Fiscal de la Nación.
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