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- SENTENCIA
- CAMARA NAC. APELAC. EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL
- CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
- 5 de Junio de 2025
Rechazaron la acción interpuesta por un abogado y profesor universitario para que el estamento académico del Consejo de la Magistratura de la Nación sea integrado por profesionales provenientes de universidades privadas. Afirmaron que tanto el derecho el derecho a ser elegido en representación del estamento académico y científico, como la integración de listas de jurados por parte de profesores designados por concurso en universidades nacionales públicas, constituyen una razonable opción legislativa, dado que los miembros del consejo de la Magistratura son quienes atravesaron un concurso público y abierto de antecedentes y oposición en las respectivas casas de estudio con jurados integrados por profesores por concurso (art. 51 de la Ley de Educación Superior). Además, agregaron que el reclamante, egresado y docente de una universidad privada, no forma parte de ningún grupo en situación de vulnerabilidad que por su condición, situación social, económica o cultural haya sido históricamente excluido o discriminado.
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Carátula: Irazu, Fernando Gabriel c/ Consejo de la Magistratura de la Nación - Ley 24937 y otro s/ amparo ley 16.986
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