La Cámara Federal de Casación admitió como querellante a la víctima del delito de trata de personas


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    Rechazaron los recursos de casación deducidos por las defensas de dos imputadas, acusadas de integrar una organización dedicada a la trata de personas en la ciudad de Rio Grande, provincia de Tierra del Fuego, contra la resolución que admitió como querellante a una de las víctimas, con la posibilidad de poder ofrecer prueba en la audiencia preliminar. Resaltaron que la damnificada se encuentra en una situación de especial vulnerabilidad estructural que ha limitado su efectivo acceso a la justicia, y que corresponde considerar el componente de violencia presente en los hechos denunciados, y su situación como víctima en un contexto de trata de personas. Consideraron que la participación de la víctima como querellante no implica, una afectación del derecho de defensa de las acusadas ni genera un desequilibrio entre las partes, sino que, por el contrario, la resolución recurrida tiene como propósito garantizar una tutela integral y efectiva de la víctima, en consonancia con el pleno respeto de las garantías constitucionales que asisten a los imputados.

    SENTENCIA
    CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL
    CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
    3 de Junio de 2025
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    Carátula: Aseff, Yanina Paola y otros s/recurso de casación

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