Declararon inconstitucional la agravante de banda para la figura de robo por vulnerar el principio de taxatividad


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    Revocaron parcialmente la condena por robo agravado aplicada al imputado, por considerar inconstitucional la agravante de banda (art. 167, inc. 2 CP). Consideraron que, al no brindar una definición clara y precisa del sustantivo, la norma vulnera el principio de taxatividad dado que no resulta posible determinarlo por vía hermenéutica ante las innumerables posibilidades que brinda la ley penal, y que dicha tarea importa una violación a la prohibición de analogía que integra el citado principio de legalidad (art. 18 CN). En consecuencia, declara la inconstitucionalidad de la mencionada agravante, y modifica la calificación legal del hecho, subsumiéndolo en la figura básica de robo (art. 164 CP).

    SENTENCIA
    CAMARA NACIONAL DE CASACION EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL
    CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
    14 de Febrero de 2025
    Más Jurisprudencia Nacional...

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    Carátula: Fernández, Arturo s/ robo agravado

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