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- SENTENCIA
- CAMARA NACIONAL DE CASACION EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL
- CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
- 14 de Febrero de 2025
Revocaron parcialmente la condena por robo agravado aplicada al imputado, por considerar inconstitucional la agravante de banda (art. 167, inc. 2 CP). Consideraron que, al no brindar una definición clara y precisa del sustantivo, la norma vulnera el principio de taxatividad dado que no resulta posible determinarlo por vía hermenéutica ante las innumerables posibilidades que brinda la ley penal, y que dicha tarea importa una violación a la prohibición de analogía que integra el citado principio de legalidad (art. 18 CN). En consecuencia, declara la inconstitucionalidad de la mencionada agravante, y modifica la calificación legal del hecho, subsumiéndolo en la figura básica de robo (art. 164 CP).
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Carátula: Fernández, Arturo s/ robo agravado
Fuente de Información

➥ No es discriminatoria la ley pampeana que exige título de carreras de cinco años para acceder al escalafón profesional
➥ No basta acreditar la prestación de servicios para que opere la presunción de existencia de relación laboral
➥ Condenaron a concejal que exigía dinero para gestionar contratos en favor de integrantes de su agrupación política
➥ Confirmaron las condenas de varios funcionarios por maniobras ilícitas llevadas a cabo en el municipio de Mercedes