Declararon la expropiación de inmuebles


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    LEY 11.038
    CORDOBA, 19 de Marzo de 2025
    Boletín Oficial, 14 de Mayo de 2025
    Vigente, de alcance general
    Declaración de utilidad pública, ley de expropiación

    La Legislatura de la Provincia de Córdoba Sanciona con Fuerza de Ley:

    Artículo 1º.- Decláranse de utilidad pública y sujetos a expropiación los inmuebles que resulten necesarios para la ejecución de la obra "Circunvalación en Río Cuarto, Tramo: Ruta Nacional Nº 8 - Ruta Nacional Nº 36", de acuerdo a la Planimetría General del Proyecto que compuesta de siete fojas útiles forma parte integrante de la presente Ley como Anexo Único.

    En todos los casos se individualizarán los bienes requeridos de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 6394.

    Artículo 2º.- El Ministerio de Economía y Gestión Pública dispondrá lo pertinente a fin de reflejar presupuestariamente lo establecido en el artículo 1º de la presente Ley.

    Artículo 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.

    ANEXO

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