- Volver al boletín
- LEY 2.099-P
- SAN JUAN, 18 de Julio de 2020
- Boletín Oficial, 18 de Julio de 2020
- Vigente, de alcance general
ARTÍCULO 1°.- Adhiérase la provincia de San Juan, al DECNU N° 605-2020, Títulos Uno y Dos (Capítulo Uno), en lo específicamente aplicable al Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio.
ARTÍCULO 2°.- Recomiéndese a los habitantes de la provincia de San Juan, mantener el aislamiento social y preventivo.
ARTÍCULO 3°.- Derógase toda norma que se oponga al objeto propuesto en la presente ley.
ARTÍCULO 4°.- La presente Ley es de Necesidad y Urgencia, de conformidad a los establecido en los artículos 157 y 189, inciso 17 de la Constitución Provincial.
ARTÍCULO 5°.- Remítase la presente norma legal a la Cámara de Diputados de la Provincia, a los fines del tratamiento previsto en el artículo 157 de la Constitución de la Provincia.
ARTÍCULO 6°.- Publíquese en el Boletín Oficial.
Más Leyes Provinciales...
Fuente de Información

➥ Declararon prescripta la causa contra la provincia por la muerte del padre de la actora mientras estaba en la cárcel
➥ Aunque el agente que murió tras forcejear con un preso sufría de cardiopatía congénita la ART debe indemnizar
➥ Revocan el sobreseimiento por prescripción de quien habría cometido abuso sexual mientras desempeñaba un cargo público
➥ Condenaron al hombre que usando Telegram exigía dinero al damnificado para no hacer públicos sus encuentros sexuales