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- LEY 15.522
- LA PLATA, 23 de Abril de 2025
- Boletín Oficial, 7 de Mayo de 2025
- Vigente, de alcance general
La Legislatura de la provincia sanciona con fuerza de Ley:
ARTÍCULO 1°: Suspéndese, por única vez, durante el año 2025, el régimen de elecciones primarias, abiertas, obligatorias y simultáneas contenido en el Capítulo I de la Ley N° 14.086 y todas las disposiciones relativas de la legislación vigente sobre la materia referidas a su organización y realización.
ARTÍCULO 2°: Exceptúanse de la suspensión prevista por el artículo 1° las disposiciones de los artículos 16 y 17 de la Ley N° 14.086, que serán aplicables, por única vez, para las elecciones generales del año 2025.
Establecer que, en aquellos casos que los artículos mencionados ut supra refieran a "elección primaria" y "corrientes internas", deberá leerse como "elección general" y "agrupación o alianza política", respectivamente.
ARTÍCULO 3°: Comuníquese al Poder Ejecutivo.
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Fuente de Información

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