La Corte ratificó que las provincias no tienen facultades para legislar sobre la extinción de la acción penal


    Volver al boletín
    SENTENCIA
    24 de Abril de 2025
    Nro. Interno: 2136/2024
    CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION. CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
    Magistrados: Rosatti (según su voto) - Rosenkrantz - Lorenzetti
    Más Jurisprudencia Federal...

    Leer Completo: ( si no visualiza el fallo, APRIETE la tecla F5 para refrescar la página) Click para Descargar el PDF

    Carátula: Recurso de hecho deducido por el Procurador General de la Provincia de Entre Ríos en la causa Troncoso, Ricardo Antonio s/ peculado - coacciones exacciones ilegales





Invitame un café en cafecito.app

ÚLTIMAS sentencias

Buscar en el sitio:


    • Codigo Civil Velezano Anotado  
    • Mapear Código de Velez

Síguenos en ...