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- LEY 2.669-A
- SAN JUAN, 15 de Agosto de 2024
- Boletín Oficial, 24 de Abril de 2025
- Vigente, de alcance general
LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN SANCIONA CON FUERZA DE LEY:
ARTÍCULO 1°.- Se dona sin cargo a favor de la Universidad Nacional de San Juan, un (1) inmueble de propiedad de la provincia de San Juan ubicado en el departamento Rivadavia, el que según Plano de Mensura N° 02-4275-92, se individualiza con N.C. N° 02-30-900300, con superficie según mensura de 14 ha 9.817,60 m², y según Título 15 ha 1.090,16 m², inscripto bajo el N° 1070, Folio N° 70, Tomo N° 11, del Dominio Privado Provincial, año 1981.
ARTÍCULO 2°.- Se autoriza al Poder Ejecutivo, para que a través de Escribanía Mayor de Gobierno, instrumente la escritura traslativa de dominio del inmueble.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
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