Resolución 32/20 - CAMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO


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    Resol. P.J. Nacional
    CAMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO
    Emitida el 21 de Julio de 2020
    En virtud del levantamiento de la feria judicial extraordinaria resuelta por la Corte Suprema de Justicia de la Nación a través de la Acordada 27/2020, respecto de las Cámaras Nacionales y Federales, establece que, a fin de efectuar presentaciones ante la Cámara y los Juzgados del Fuero, se deberán utilizar sólo medios remotos y digitales. Asimismo, dispone la adopción de medidas necesarias para que, en una primera etapa, solo se realicen audiencias de conciliación, utilizando el sistema de videoconferencia o, en su defecto, otros medios tecnológicos y remotos que determinen las respectivas autoridades. Además determina que hasta el 4 de agosto del corriente año se mantiene, en principio, el sistema de trabajo presencial limitado a dos días por semana, previa limpieza y sanitización, como así también hasta dicha fecha se difiere el envío de causas en papel de una a otra instancia, con independencia de las remisiones virtuales.

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