Suspendieron las designaciones de personal en planta permanente


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    DECRETO 357/2025
    POSADAS, 7 de Marzo de 2025
    Boletín Oficial, 10 de Marzo de 2025
    Vigente, de alcance general
    Administración Pública Provincial, empleados públicos, racionalización administrativa

    ARTÍCULO 1º.- DETERMÍNASE a partir del 08 de Marzo de 2.025 y hasta el 31 de Diciembre del corriente año la medida de racionalización de los recursos humanos, procediéndose a la suspensión de las designaciones de personal en planta permanente.-

    ARTÍCULO 2º.- EXCEPTÚASE de lo dispuesto en el artículo 1° a los cargos presupuestados para los siguientes conceptos y jurisdicciones:

    a) Personal docente, auxiliar docente y el personal comprendido dentro de la Ley I - N° 160;

    b) Policía de la Provincia de Misiones;

    c) Servicio Penitenciario de la Provincia de Misiones;

    d) Personal profesional hospitalario, de enfermería y auxiliares de enfermería.

    Sin perjuicio de lo dispuesto en los incisos anteriores, el Sr. Gobernador de la Provincia, podrá exceptuar expresamente en casos específicos a agentes de otras jurisdicciones.-

    ARTÍCULO 3°.- ESTABLÉCESE que los cargos vacantes serán puestos de inmediato a disposición del Poder Ejecutivo, a los efectos de utilizarlos conforme los lineamientos que se determinen en el futuro para la gestión del capital humano en el Estado Provincial.-

    ARTÍCULO 4°.- LOS tramites de designaciones en curso serán devueltos a las jurisdicciones de origen, suspendiéndose la promoción de nuevos nombramientos durante el período temporal dispuesto por el presente Decreto en su artículo 1°.-

    ARTÍCULO 5°.- ESTABLÉCESE que estas medidas restrictivas en cuanto a incrementar gastos en puestos laborales serán de aplicaciones en cada una de las Jurisdicciones de la Administración Central, como también en Organismos Descentralizados, Autárquicos y todos los sujetos de Derecho Privado en los que el Estado Provincial tenga participación mayoritaria; por lo que se ENCOMIENDA a la Dirección General de Coordinación del Sector Público responsable del Sistema Integrado de Administración de Personal (S.I.A.P.) verificar el cumplimiento del artículo 1°.-

    ARTÍCULO 6º.- REFRENDARÁN el presente Decreto el Señor Ministro de Coordinación General de Gabinete y el Señor Ministro de Hacienda, Finanzas, Obras y Servicios Públicos.-

    ARTÍCULO 7°.- REGÍSTRESE. Comuníquese. Notifíquese. Tomen conocimiento todos los Ministerios y Secretarías de Estado del Poder Ejecutivo, Organismos Autárquicos, Organismos de la Constitución, Entes Descentralizados y Sociedades del Estado. Cumplido. ARCHÍVESE.-

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