Los jueces que cumplan 70 años deben dejar su cargo


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    Acordada 14.302/25
    Nro.: 14302
    Salta
    CORTE DE JUSTICIA
    SALTA, SALTA
    Emitida el 7 de Febrero de 2025
    SALTA , Superior Tribunal Provincial , inamovilidad de los jueces , reforma de la constitución , Constitución Provincial , Convención Constituyente Provincial Enmarcada en el límite de edad introducido por la reforma constitucional de 2021 (artículo 156, párrafo tercero), la Corte salteña resolvió admitir por única vez y en concepto de período de transición extender al 30 de junio del corriente año el plazo para que los jueces que alcanzaron aquella edad se mantengan en funciones, vencido el cual cesarán indefectiblemente en el cargo conforme lo establecido en la norma constitucional.

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