Declaración de Utilidad Pública y Expropiación


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    LEY 9.446
    MENDOZA, 20 de Diciembre de 2022
    Boletín Oficial, 16 de Enero de 2023
    Vigente, de alcance general
    Declaración de utilidad pública, expropiación, inmuebles

    La Legislatura de la provincia sanciona con fuerza de Ley:

    Artículo 1º- Declárase de Utilidad Pública y sujetas a Expropiación las fracciones de terreno de los siguientes inmuebles:

    a) Primer Inmueble: ubicado en calle Brandsen N° 194 y 198, Distrito Ciudad, Departamento de Tunuyán, Provincia de Mendoza, constante de una superficie total según título MIL SESENTA Y NUEVE METROS CON SETENTA Y UN DECÍMETROS CUADRADOS (1069,71 m2) y según plano de mensura MIL OCHENTA Y TRES METROS CON CUATRO DECÍMETROS CUADRADOS (1083,04 m2), aprobado el plano de mensura por la Dirección de Catastro bajo el N° 15-17774, inscripto al N° 1.342, FS. 838 del Tomo Par de Tunuyán, de titularidad del Sr. Abdo Fadel CUIT 20-6.917.721-3 (Fallecido). A declarar de utilidad pública y sujeto a expropiación del inmueble descripto, la cantidad de QUINIENTOS NOVENTA Y OCHO METROS CON NOVENTA Y TRES DECÍMETROS CUADRADOS (598,93 m2), identificado como fracción B, con N.C. 15-01-03-0047-000037-0000-0, Padrón Rentas 15-23380-2 y Padrón Municipal 20558, con los siguientes límites: Norte: con Lemos Nolasco en VEINTE METROS (20,00 m.), Sur: con calle Brandsen en VEINTE METROS DOS CENTÍMETROS (20,02 m.), Este: con Abdo Fadel en VEINTINUEVE METROS CON SESENTA Y CUATRO CENTÍMETROS (29,64 m.) y Oeste: con Fracción A en TREINTA METROS CON VEINTE CENTÍMETROS (30,20m.).

    b) Segundo Inmueble: ubicado en calle 25 de Mayo N° 187 Distrito Ciudad Departamento Tunuyán, Provincia de Mendoza, constante de una sup. total según título de CUATROCIENTOS TREINTA Y UN METROS CON CUARENTA Y OCHO DECÍMETROS CUADRADOS (431,48 m2) y según plano de mensura de CUATROCIENTOS CUARENTA Y DOS METROS CON TREINTA Y OCHO DECÍMETROS CUADRADOS (442,38 m2), aprobado el plano de mensura por la Dirección de Catastro de la Provincia bajo el N° 8.255, inscripto al N° 32.374 Fs. 973 T° 36 de Tunuyán, de titularidad de Peña Liliana Estela CUIT 2713429110-4 y Peña Adriana Mónica CUIT 27-16982930-1, NC: 15-01-03-0047-000021, Padrón Rentas 3.301/15 y Padrón Municipal N° 1.770. A declarar de utilidad pública y sujeto a expropiación del inmueble descripto, la cantidad de NOVENTA Y DOS METROS CON CUARENTA Y CINCO DECÍMETROS CUADRADOS (92,45 m2), con los siguientes límites: Norte: con calle 25 de Mayo en CUATRO METROS CON SETENTA CENTÍMETROS (4,70 m.), Sur: con Abdo Fadel y Otros en CUATRO METROS CON NOVENTA CENTÍMETROS (4,90 m.), Este: con Nolasco Lemos y Francisco A. Cerda en DIECINUEVE METROS CON VEINTICINCO CENTÍMETROS (19,25 m.) y Oeste: con Pedro Peña en DIECINUEVE METROS CON VEINTISEIS CENTÍMETROS (19,26 m.).

    c) Tercer Inmueble: ubicado en calle 25 de Mayo N° 201, Distrito Ciudad, Departamento Tunuyán, Provincia de Mendoza. A declarar de utilidad pública y sujeto a expropiación la totalidad del inmueble, constante de una sup. total según título de TRESCIENTOS CUARENTA Y SIETE METROS CON NUEVE DECÍMETROS CUADRADOS (347,09 m2) y según plano de mensura de TRESCIENTOS CUARENTA Y SIETE METROS CON VEINTIUN DECÍMETROS CUADRADOS (347,21 m2), aprobado el plano de mensura por la Dirección de Catastro de la Provincia bajo el N° 8.257, inscripto al N° 2.860 Fs. 874 T° 28 de Tunuyán, de titularidad de Nolasco Lemos CUIT 20-06925211-8, NC: 15-01-03-0047-000010, Padrón Rentas 1.119/65 y Padrón Municipal N° 1.769, con los siguientes límites: Norte: con calle 25 de Mayo en QUINCE METROS CON DIECIOCHO CENTÍMETROS (15,18 m.), Sur: con Abdo Fadel y Otros en QUINCE METROS CON CUARENTA CENTÍMETROS (15,40 m.), Este: con Nolasco Lemos en VEINTIDÓS METROS CON SETENTA Y CUATRO CENTÍMETROS (22,74 m.) y Oeste: con Pedro Peña en VEINTIDÓS METROS CON SESENTA Y OCHO CENTÍMETROS (22,68 m.).

    Art. 2º- El objeto de la presente expropiación tendrá como destino la apertura y continuidad de la trama vial existente de calle Hipólito Irigoyen, del Distrito Ciudad, Departamento Tunuyán, Provincia de Mendoza.

    "Artículo 2º bis: Establécese un plazo de hasta el 31 de diciembre del 2030 a los fines de realizar las gestiones tendientes al cumplimiento del objeto establecido en la presente Ley, por parte de la Municipalidad de Tunuyán".

    Art. 3º- El sujeto expropiante será la Municipalidad de Tunuyán de conformidad al Decreto Ley Nº 1447/75, Art. 3º.

    Art. 4º- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley, será soportado por la Municipalidad de Tunuyán.

    Art. 5º- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

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