Crearon la condecoración Al Valor del Ciudadano


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    DECRETO NACIONAL 64/2025
    CAPITAL FEDERAL, 6 de Febrero de 2025
    Boletín Oficial, 7 de Febrero de 2025
    Vigente, de alcance general
    Condecoraciones, ciudadano, decreto de necesidad y urgencia, Condecoración al valor del ciudadano

    ARTÍCULO 1°.- Créase la condecoración "Al Valor del Ciudadano" en reconocimiento a aquellas personas que se hayan distinguido meritoriamente por sus acciones o servicios como ejemplo de conducta ciudadana.

    ARTÍCULO 2°.- La condecoración "Al Valor del Ciudadano" será conferida por el Presidente de la Nación.

    ARTÍCULO 3°.- La condecoración será otorgada a una persona por única vez. Si ésta participare de actos que la hicieran nuevamente merecedora del reconocimiento, se le otorgarán barretas, las que se adosarán a la cinta de la condecoración.

    En caso de que la persona hubiere fallecido, la medalla o barretas serán conferidas de forma póstuma.

    ARTÍCULO 4°.- Créase el "Registro de Condecoración Al Valor del Ciudadano" en el ámbito de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, el que contendrá el listado de las personas reconocidas con la condecoración y un detalle de la acción que haya dado lugar al reconocimiento.

    El Registro será de acceso público y gratuito por medios digitales.

    ARTÍCULO 5°.- La presente medida entrará en vigencia el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.

    ARTÍCULO 6°.- Dese cuenta a la COMISIÓN BICAMERAL PERMANENTE del H. CONGRESO DE LA NACIÓN.

    ARTÍCULO 7°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

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