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- DECRETO 830/2020
- RIO GALLEGOS, 13 de Julio de 2020
- Boletín Oficial, 16 de Julio de 2020
- Vigente, de alcance general
Artículo 1°.- APRUÉBASE el Plan de Gestión "Parque Provincial Cueva de las Manos" en los términos de la Ley Nº 3466 que como Anexo I forma parte integrante del presente.-
Artículo 2°.- El Plan de Gestión Parque Provincial Cueva de las Manos, tendrá una vigencia de cuatro (4) años a partir de su implementación, prorrogable por un (1) año más en cuyo período deberá evaluarse su continuidad, modificación y/o actualización en los términos del artículo 23 de la Ley Nº 3466.-
Artículo 3°.- ESTABLÉCESE que las concesiones, habilitaciones y permisos que se otorguen estarán supeditados a la aprobación de la autoridad de aplicación de acuerdo a las disposiciones que surjan del Plan de Gestión y su actualización pertinente.-
Artículo 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria en el Departamento de la Producción, Comercio e Industria y los señores Ministros Secretarios en los Departamentos de Economía, Finanzas e Infraestructura, de Gobierno y de la Jefatura de Gabinete de Ministros.-
Artículo 5º.- PASE a Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación (quien remitirá copia del presente ante quien corresponda) a sus efectos, tomen conocimiento, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.-
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