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- LEY 8.481
- SALTA, 19 de Diciembre de 2024
- Boletín Oficial, 3 de Enero de 2025
- Vigente, de alcance general
EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY
Artículo 1º.- Prorrogar, a partir del 2 de diciembre de 2024 y por el plazo de un (1) año, la declaración de estado de Emergencia Hídrica, dispuesta por la Ley 8355 y prorrogada por Ley 8404.
Art. 2º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley, se imputarán a la partida correspondiente del Presupuesto General de la Provincia, Ejercicio vigente.
Art. 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
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Fuente de Información

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