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- SENTENCIA
- 13 de Julio de 2020
- CAMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO. CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
- Sala 01
- Magistrados: Gabriela Alejandra Vázquez - María Cecilia Hockl
Corresponde confirmar el fallo que admitió la reinstalación cautelar de la trabajadora en su puesto y el pago de los salarios caídos, puesto que el Decreto 329/2020 está dirigido a impedir la consumación de despidos durante el transcurso del aislamiento social preventivo y obligatorio en aras de salvaguardar los puestos de trabajo, sin que pueda advertirse que la norma hubiera introducido distinciones y, en consecuencia, el derecho invocado por la trabajadora es verosímil, al igual que el peligro en la demora, en tanto la restricción a la facultad de despedir se ciñe a la situación excepcional de pandemia, que exige la adopción de medidas excepcionales que aseguren a las personas que trabajan que, en principio, esta situación de emergencia no les hará perder sus empleos.
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Carátula: Acosta, Luciana Yanet c/ M&L Servicios S.A. s/ medida cautelar
Fuente de Información

➥ No es discriminatoria la ley pampeana que exige título de carreras de cinco años para acceder al escalafón profesional
➥ No basta acreditar la prestación de servicios para que opere la presunción de existencia de relación laboral
➥ Condenaron a concejal que exigía dinero para gestionar contratos en favor de integrantes de su agrupación política
➥ Confirmaron las condenas de varios funcionarios por maniobras ilícitas llevadas a cabo en el municipio de Mercedes