Ordenan la reinstalación en su puesto de una trabajadora que habría sido despedida durante el período de prueba


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    Corresponde confirmar el fallo que admitió la reinstalación cautelar de la trabajadora en su puesto y el pago de los salarios caídos, puesto que el Decreto 329/2020 está dirigido a impedir la consumación de despidos durante el transcurso del aislamiento social preventivo y obligatorio en aras de salvaguardar los puestos de trabajo, sin que pueda advertirse que la norma hubiera introducido distinciones y, en consecuencia, el derecho invocado por la trabajadora es verosímil, al igual que el peligro en la demora, en tanto la restricción a la facultad de despedir se ciñe a la situación excepcional de pandemia, que exige la adopción de medidas excepcionales que aseguren a las personas que trabajan que, en principio, esta situación de emergencia no les hará perder sus empleos.
    SENTENCIA
    13 de Julio de 2020
    CAMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO. CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
    Sala 01
    Magistrados: Gabriela Alejandra Vázquez - María Cecilia Hockl
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    Carátula: Acosta, Luciana Yanet c/ M&L Servicios S.A. s/ medida cautelar

    Fuente de Información





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