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- LEY 9.802
- SAN MIGUEL DE TUCUMAN, 26 de Septiembre de 2024
- Boletín Oficial, 14 de Octubre de 2024
- Vigente, de alcance general
La Legislatura de la provincia sanciona con fuerza de Ley:
Artículo 1°.- Modifícase el Art. 6° de la Ley Provincial N° 9763, que quedará redactado de la siguiente manera:
"Art. 6°.- Las disposiciones de la presente Ley no serán aplicables para Jueces de la Corte Suprema de Justicia de Tucumán, Tribunales Inferiores, Ministro Público Fiscal, Fiscales, Ministro Pupilar y de la Defensa, Defensores; y Vocales del Tribunal de Cuentas."
Art. 2°.- Comuníquese.
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Fuente de Información

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