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- LEY 2.668-Q
- SAN JUAN, 25 de Julio de 2024
- Boletín Oficial, 3 de Septiembre de 2024
- Vigente, de alcance general
LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN SANCIONA CON FUERZA DE LEY:
ARTÍCULO 1°.- Se implementa en las instituciones educativas de gestión pública y privada de la Provincia, la Campaña de Concientización y Promoción de la Donación Voluntaria de Sangre denominada, Educar para salvar vidas.
ARTÍCULO 2°.- Es autoridad de aplicación de la presente Ley, el Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Educación o el organismo que en un futuro lo reemplace.
ARTÍCULO 3° - Los contenidos de la Campaña de Concientización y Promoción de la Donación Voluntaria de Sangre Educar para salvar vidas, y la selección de los miembros de la comunidad educativa a quienes está dirigida la misma, son establecidos por la autoridad de aplicación, en el marco de la Ley Nacional N° 22.990 y Decreto Nacional Nº 1338/2004.
ARTÍCULO 4° - Comuníquese al Poder Ejecutivo.
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