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- LEY 27.748
- BUENOS AIRES, 14 de Agosto de 2024
- Boletín Oficial, 9 de Septiembre de 2024
- Vigente, de alcance general
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de Ley:
Artículo 1º- Apruébase la CONVENCIÓN I DE 1907 PARA EL ARREGLO PACÍFICO DE LOS CONFLICTOS INTERNACIONALES, firmada en La Haya -REINO DE LOS PAÍSES BAJOS-, el 18 de octubre de 1907, que consta de NOVENTA Y SIETE (97) artículos, cuya fotocopia autenticada forma parte de la presente ley.
Artículo 2°- Al procederse a la ratificación, deberá formularse la siguiente reserva:
"La REPÚBLICA ARGENTINA no se considera obligada por las disposiciones de los artículos 53, 54 y 58 de esta Convención".
Artículo 3°- Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
ANEXO
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