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- LEY 6.309
- CIUDAD DE BUENOS AIRES, 18 de Junio de 2020
- Boletín Oficial, 7 de Julio de 2020
- Vigente, de alcance general
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1º.- La Ciudad Autónoma de Buenos Aires adopta la definición de "antisemitismo" aprobada por la Alianza Internacional para el Recuerdo del Holocausto (IHRA) que se detalla a continuación:
"El antisemitismo es una cierta percepción de los judíos que puede expresarse como el odio a los judíos. Las manifestaciones físicas y retóricas del antisemitismo se dirigen a las personas judías o no judías y/o a sus bienes, a las instituciones de las comunidades judías y a sus lugares de culto".
Art. 2°.- Comuníquese, etc.
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Fuente de Información

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