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- DECRETO 747/2024
- San Fernando del Valle de Catamarca, 26 de Julio de 2024
- Boletín Oficial, 2 de Agosto de 2024
- Vigente, de alcance general
ARTÍCULO 1°.- Confírmase en todas su partes el Convenio de Trasferencia del Sistema Educativo de la Municipalidad de Valle Viejo suscripto por el Poder Ejecutivo Provincial y la Municipalidad de Valle Viejo con fecha 24 de Julio de 2024, para la Transferencia de la Escuela Municipal N° 1 "Maestra María Emilia Azar" situada en la localidad de San Isidro y la Escuela Municipal N° 2 "Dr. Romis Amado Raiden", de la localidad de Santa Rosa, ambas del Departamento Valle Viejo, en sus tres Niveles Educativos - Inicial, Primario y Secundario a la órbita del Ministerio de Educación de la Provincia de Catamarca, el que como ANEXO I forma parte integrante del presente instrumento legal.
ARTÍCULO 2°.- Confírmase en todas sus partes el Convenio de Adhesión al Régimen de Responsabilidad Fiscal entre la Provincia de Catamarca y la Municipalidad de Valle Viejo, suscripto con fecha 24 de Julio de 2024, el que como ANEXO II forma parte integrante del presente instrumento legal.
ARTÍCULO 3°.- Facúltese al Ministerio de Educación a realizar y tomar todas las medidas y acciones pertinentes para llevar a cabo el traspaso de la Escuela Municipal N° 1 "Maestra María Emilia Azar" y de la Escuela Municipal N° 2 "Dr. Romis Amado Raiden", las cuales pasarán a depender de la Secretaría de Gestión Educativa del citado Ministerio, que tendrá competencia en la asignación de los Niveles y Modalidades Educativas a funcionar dentro del diseño, planificación, organización, implementación y evaluación en el ámbito del Sistema Educativo Provincial.
ARTÍCULO 4°.- Facúltese al Ministerio de Educación de la Provincia a dictar toda norma específica, complementaria y/o accesoria que resulte necesaria para la transferencia establecida en el Artículo 1° del presente instrumento legal, así como la suscripción de las Actas pertinentes.
ARTÍCULO 5°.- Facúltese al Ministerio de Trabajo, Planificación y Recursos Humanos, a dictar toda norma específica, complementaria y/o accesoria que resulte necesaria para la incorporación del personal docente y no docente conforme los parámetros establecidos en el Convenio que como ANEXO I forma parte integrante del presente instrumento legal y los regímenes de los escalafones correspondientes.
ARTÍCULO 6°.- Autorízase al Ministerio de Economía a adoptar las medidas pertinentes y a efectuar las adecuaciones y reasignaciones presupuestarias de créditos que resulten necesarias, a fin de poner en ejecución lo dispuesto por los Convenios que se incorporan por los artículos 1° y 2° del presente instrumento legal, así como a dictar toda norma específica, complementaria y/o accesoria que corresponda.
ARTÍCULO 7°.- Establézcase que los efectos jurídicos del presente instrumento legal quedan supeditados a la aprobación incondicionada y total por parte del Concejo Deliberante de la Municipalidad de Valle Viejo de los Convenios mencionados en los Artículos 1° y 2° del presente instrumento legal.
ARTÍCULO 8°.- Tomen conocimiento a, sus efectos: Ministerio de Educación; Ministerio de Economía; Ministerio de Trabajo, Planificación y Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia y Municipalidad de Valle Viejo.
ARTÍCULO 9°.- Comuníquese, Publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.
NOTA: Anexos para consulta en Departamento Archivo de esta Dirección.
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