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- LEY 9.782
- SAN MIGUEL DE TUCUMAN, 18 de Junio de 2024
- Boletín Oficial, 8 de Julio de 2024
- Vigente, de alcance general
La Legislatura de la provincia sanciona con fuerza de Ley:
Artículo 1°.- Institúyese el mes de Septiembre de cada año como "Mes de la Biblia".
Art. 2°.- Incorpórase al Calendario Escolar de la Provincia la conmemoración instituida por el Artículo 1° de la presente Ley.
El Ministerio de Educación debe disponer que en todos los niveles y modalidades del Sistema Educativo Provincial se desarrollen contenidos alusivos a la conmemoración instituida por la presente Ley.
Art. 3°.- Instrúyese a la Secretaría de Estado de Culto y Vinculación con Organizaciones de la Sociedad Civil o al organismo que en el futuro la reemplace, dependiente del Ministerio de Gobierno y Justicia de la Provincia de Tucumán, a los fines de que organice en fechas próximas a la celebración que se instituye por la presente Ley, foros, seminarios, talleres, conferencias; y en general, acciones tendientes a promover la sensibilización y mejorar el conocimiento y comprensión de la misma.
Art. 4°.- Comuníquese.
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Fuente de Información

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