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- LEY 10.972
- CORDOBA, 26 de Junio de 2024
- Boletín Oficial, 24 de Julio de 2024
- Vigente, de alcance general
La Legislatura de la Provincia de Córdoba Sanciona con fuerza de Ley:
Artículo 1°.- Declárase al "Rally Cordobés" como parte integrante del patrimonio cultural intangible e inmaterial de la provincia de Córdoba, en los términos de la Ley N° 9729.
Artículo 2°.- A los efectos de la presente Ley, considerase "Rally Cordobés" a la actividad deportiva mecánica desarrollada bajo esa denominación en la provincia de Córdoba a partir del año 1985.
Artículo 3°.- Declárase de Interés Provincial la promoción, fomento y facilitación del desarrollo de toda actividad cultural, deportiva, turística y de infraestructura relacionada con el "Rally Cordobés".
Artículo 4°.- Institúyese el día 28 de abril de cada año como "Día del Rally Cordobés" en concordancia a la fecha en que se disputó en el año 1985 la primera competencia genuina de la actividad válida por el torneo provincial.
Artículo 5°.- El Estado Provincial procurará la conservación de toda docu-mentación y elementos históricos relacionados con el "Rally Cordobés."
Artículo 6°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.
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