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- DECRETO 572/2020
- SANTA FE, 29 de Junio de 2020
- Boletín Oficial, 1 de Julio de 2020
- Vigente, de alcance general
ARTÍCULO 1°: Adhiérese la Provincia de Santa Fe, en cuanto fuere materia de su competencia, a las disposiciones del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) N° 576/20 del Poder Ejecutivo Nacional; por cuyo artículo 3° se establece hasta el día 17 de julio de 2020 inclusive, el "distanciamiento social, preventivo y obligatorio" en los términos ordenados por dicho acto, para todas las personas que residan o transiten en los aglomerados urbanos y en los partidos y departamentos de las provincias argentinas mencionadas en su artículo 4°, el que comprende entre otros a todos los Departamentos de ésta.
ARTÍCULO 2°: Dése cuenta de lo dispuesto en el presente Decreto al Poder Ejecutivo Nacional, por conducto de la Jefatura de Gabinete de Ministros y del Ministerio de Salud.
ARTÍCULO 3°: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
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