Decreto 394/24 de BUENOS AIRES


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    DECRETO 394/2024
    LA PLATA, 23 de Abril de 2024
    Boletín Oficial, 2 de Mayo de 2024
    Vigente, de alcance general
    Jubilaciones provinciales, haber mínimo jubilatorio, Instituto de previsión social provincial, jubilaciones y pensiones

    ARTÍCULO 1°. Establecer, a partir del 1º de diciembre de 2023, en la suma de pesos setenta y cinco mil ($75.000) el monto del haber mínimo total de las jubilaciones y pensiones contributivas que otorga el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires.

    ARTÍCULO 2°. Dejar establecido que, conforme lo dispuesto en el artículo 1° de la presente medida y los porcentuales fijados en los artículos 2° y 3° del Decreto N° 993/22, a partir del 1° de diciembre de 2023 el haber previsional mínimo asciende a la suma de pesos cuarenta y cinco mil ($45.000) y la compensación especial complementaria al haber mínimo asciende a la suma de pesos treinta mil ($30.000).

    RTÍCULO 3°. Encomendar al Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires la implementación de las medidas conducentes para aplicar la movilidad señalada, liquidando y abonando, en su caso, los complementos correspondientes para los beneficios alcanzados por lo dispuesto en los artículos precedentes.

    ARTÍCULO 4°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Trabajo, de Economía y de Gobierno.

    ARTÍCULO 5°. Registrar, notificar al Fiscal de Estado, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial, al SINDMA y pasar al Instituto de Previsión Social. Cumplido, archivar.

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