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- LEY 3.849
- RIO GALLEGOS, 25 de Abril de 2024
- Boletín Oficial, 29 de Abril de 2024
- Vigente, de alcance general
El Poder Legislativo de la Provincia de Santa Cruz Sanciona con Fuerza de: LEY
Artículo 1.- DECLÁRASE la Emergencia Energética en todo el territorio de la provincia de Santa Cruz, con vigencia a partir de la publicación de la presente y hasta el 31 de diciembre de 2024, entendiendo que el gas y la electricidad son servicios esenciales debido a las bajas temperatura y condiciones climáticas extremas de nuestra Provincia.-
Artículo 2.- AUTORÍZASE al Poder Ejecutivo Provincial, a arbitrar todas las medidas administrativas y legales necesarias, a los fines de evitar aumentos desmedidos en las tarifas de los servicios públicos de gas y electricidad.-
Artículo 3.- PROTEGER a los ciudadanos de Santa Cruz de aumentos injustificados y desproporcionados en los servicios públicos, garantizando así su acceso a la energía a precio justo y razonable.-
Artículo 4.- El plazo de Emergencia establecido en el artículo 1, podrá prorrogarse por el Poder Ejecutivo Provincial, por igual período. Dicha prórroga deberá ser informada al Poder Legislativo para su aprobación.-
Artículo 5.- COMUNÍQUESE al Poder Ejecutivo Provincial, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-
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