Ley 9515 de MENDOZA


    Volver al boletín
    LEY 9.515
    MENDOZA, 5 de Marzo de 2024
    Boletín Oficial, 30 de Abril de 2024
    Vigente, de alcance general
    Ratificación del decreto, escrituración, terrenos

    La Legislatura de la provincia sanciona con fuerza de Ley:

    Artículo 1°- Ratifícase el Decreto Nº 3094 de fecha 14 de diciembre de 2023, mediante el cual se instruye a la Escribanía General de Gobierno a constituir mediante escritura pública, Derecho Real de Servidumbre de Tránsito, Forzosa, Gratuita y Perpetua, en carácter de Fundo Sirviente, sobre una franja de terreno constante de una superficie de DOSCIENTOS CINCUENTA Y OCHO METROS CON SETENTA Y UN DECIMETROS CUADRADOS (258,71 m2), conforme plano de Mensura, archivado bajo el Nº 06 56.425, con los demás límites y medidas perimetrales que surgen del mismo, parte de mayor superficie del inmueble fiscal inscripto a nombre de la Provincia de Mendoza, anotado en el Registro Público y Archivo Judicial de la Provincia de Mendoza, bajo el Nº 7.132, Fojas 335, Tomo 40, de Luján de Cuyo, Mendoza, a favor del inmueble que se encuentra enclavado y cuyo titular dominial es la empresa SUSTENTA DESARROLLOS SOCIEDAD ANONIMA, C.U.I.T. Nº 30-71744913-0, anotado en el Registro Público y Archivo Judicial de la Provincia de Mendoza, bajo el Asiento A-2, Matrícula SIRC 600222959, Folio Real, este último en carácter de Fundo Dominante, el que como Anexo forma parte de la presente Ley.

    Art. 2º- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

    ANEXO

    Más Leyes Provinciales...


    Fuente de Información





Invitame un café en cafecito.app

ÚLTIMAS sentencias

Buscar en el sitio:


    • Codigo Civil Velezano Anotado  
    • Mapear Código de Velez

Síguenos en ...