- Volver al boletín
- LEY 9.515
- MENDOZA, 5 de Marzo de 2024
- Boletín Oficial, 30 de Abril de 2024
- Vigente, de alcance general
La Legislatura de la provincia sanciona con fuerza de Ley:
Artículo 1°- Ratifícase el Decreto Nº 3094 de fecha 14 de diciembre de 2023, mediante el cual se instruye a la Escribanía General de Gobierno a constituir mediante escritura pública, Derecho Real de Servidumbre de Tránsito, Forzosa, Gratuita y Perpetua, en carácter de Fundo Sirviente, sobre una franja de terreno constante de una superficie de DOSCIENTOS CINCUENTA Y OCHO METROS CON SETENTA Y UN DECIMETROS CUADRADOS (258,71 m2), conforme plano de Mensura, archivado bajo el Nº 06 56.425, con los demás límites y medidas perimetrales que surgen del mismo, parte de mayor superficie del inmueble fiscal inscripto a nombre de la Provincia de Mendoza, anotado en el Registro Público y Archivo Judicial de la Provincia de Mendoza, bajo el Nº 7.132, Fojas 335, Tomo 40, de Luján de Cuyo, Mendoza, a favor del inmueble que se encuentra enclavado y cuyo titular dominial es la empresa SUSTENTA DESARROLLOS SOCIEDAD ANONIMA, C.U.I.T. Nº 30-71744913-0, anotado en el Registro Público y Archivo Judicial de la Provincia de Mendoza, bajo el Asiento A-2, Matrícula SIRC 600222959, Folio Real, este último en carácter de Fundo Dominante, el que como Anexo forma parte de la presente Ley.
Art. 2º- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
ANEXO
Más Leyes Provinciales...
Fuente de Información