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- DECRETO NACIONAL 378/2024
- BUENOS AIRES, 30 de Abril de 2024
- Boletín Oficial, 2 de Mayo de 2024
- Vigente, de alcance general
ARTÍCULO 1°.- Prorrógase desde su vencimiento y hasta el 31 de mayo de 2024, inclusive, la fecha de repatriación prevista para el período fiscal 2023, a los fines de lo dispuesto en el artículo 2° del Decreto N° 912 del 30 de diciembre de 2021.
ARTÍCULO 2°.- Las disposiciones del presente decreto entrarán en vigencia el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
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