Decreto 817/23 de SAN LUIS


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    DECRETO 817/2023
    SAN LUIS, 29 de Diciembre de 2023
    Boletín Oficial, 5 de Enero de 2024
    Vigente, de alcance general
    Censos, bienes muebles no registrables, bienes muebles registrables, estadística y censos, renovación del parque automotor

    Art.1°.- DISPONER, con carácter obligatorio, la realización de un Censo Integral de todos los bienes muebles registrables y no registrables del parque automotor pertenecientes al Poder Ejecutivo Provincial. -

    Art. 2°.- Quedan alcanzados por lo dispuesto en el artículo anterior los organismos de la administración central y descentralizada, los entes, organismos, agencias, entidades y organismos autárquicos del Estado Provincial.

    Art. 3°.- Instruir a los directores de las SAPEM y en las que el Estado fuere parte a realizar el presente censo.

    Art. 4°.- La información que aporte y/o la manifestación que realice cada Ministerio, Secretaría de Estado, Ente Autárquico, SAPEM, del Censo Integral del Parque Automotor tendrá carácter de declaración jurada.

    Art. 5°.- Determinar que el Censo Integral deberá realizarse con fecha límite al 31 de enero del año 2024.

    Art 6°.- Apruébese el formulario para la realización del censo del Parque Automotor del Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, que como Anexo, forma parte del presente Decreto.

    Art. 7°.- La Dirección de Estadísticas y Censos conjuntamente con la Secretaria de Estado de Ética Pública y Control de Gestión, serán los organismos responsables del diseño, programación y ejecución de todas las actividades inherentes a la realización del mismo. Dicha Dirección dictará las resoluciones reglamentarias e interpretativas que fueren necesarias para el cumplimiento del presente Decreto y queda autorizada a modificar y/o extender el período establecido en el artículo anterior.

    Art. 8°. - El presente decreto será refrendado por el Señor Secretario de Estado de Ética Pública y Control de Gestión, por el Señor Ministro de Gobierno, Justicia y Culto, por el Señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública, por sí y a cargo del Ministerio de Ciencia e Innovación.

    Art. 9°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.

    ANEXO ENTIDAD DOMINIO N° INTERNO MODELO AÑO TIPO DE VEHICULO MARCA DE MOTOR N° MOTOR MARCA DE CHASIS N° DE CHASIS KILOMETRAJE USO QUE POSEE (DESTINO) ESTADO (MARCAR CON X SEGÚN CORRESPONDA) MALO BUENO MUY BUENO

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