Decreto 49/23 de SAN LUIS


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    DECRETO 49/2023
    SAN LUIS, 10 de Diciembre de 2023
    Boletín Oficial, 24 de Enero de 2024
    Vigente, de alcance general
    Estructura orgánica, funciones transitorias, funciones ejecutivas, Administración Pública Provincial

    Art. 1°.-Conformar, a partir de la fecha del presente Decreto, la estructura orgánico-funcional de la Secretaría de Estado de Transporte de la siguiente manera:.

    1. Secretaría de Estado de Transporte.

    1.1. Secretaría Privada.

    1.2. Asesoría Contable y Presupuestaria.

    1.3. Subdirección de Comunicación Institucional.

    1.4. Despacho.

    1.5. Asesoría Legal.

    1.6. Dirección de Transporte.

    1.6.1. Subdirección de Gestión, Supervisión y Control del Sistema de Transporte.

    1.6.2. Subdirección de Gestión, Supervisión y Control del Sistema de Transporte No Regular.

    1.6.3. Subdirección de Control de Transporte Provincial.

    1.6.4. Área Control de Transporte General Pedernera y Gobernador Dupuy.

    1.6.5. Área Control y Supervisión de Transporte Junín y Coronel Pringles.

    1.7. Dirección de Innovación y Desarrollo Tecnológico de Transporte.

    1.7.1. Subdirección de Gestión Integral de Transporte.

    1.8. Dirección de Terminales e Integración Regional.

    1.8.1. Área Administración Terminal de Ómnibus de Villa de Merlo.

    1.8.2. Área Administración Terminal de Ómnibus de Buena Esperanza.

    1.8.3. Área Administración Terminal de Ómnibus de Anchorena.

    1.8.4. Área Administración Terminal de Ómnibus de Luján.

    1.8.5. Área Administración Terminal de Ómnibus de La Toma.

    1.8.6. Área Administración Terminal de Ómnibus de Fraga.

    1.8.7. Área Administración Terminal de Ómnibus de Villa de la Quebrada.

    1.9. Ente Estación de Interconexión Regional de Ómnibus de San Luis (EDIRO).

    1.9.1. Dirección Administrativa.

    1.9.2. Asesoría Contable y Presupuestaria.

    1.9.3. Subdirección de Mantenimiento.

    1.9.4. Área Recursos Humanos.

    1.9.5. Área Insumos.

    Art. 2°.- Asignar a los siguientes organismos los regímenes de competencias, misiones y funciones que se detallan a continuación:

    1.SECRETARÍA DE ESTADO DE TRANSPORTE:

    a) Ejercer las competencias y funciones en materia de transporte en el ámbito de la jurisdicción de la Provincia de San Luis, manteniendo las relaciones institucionales con las autoridades nacionales de transporte.

    b) Autoridad de aplicación de la Ley N° VIII-0899-2014 "Servicio de Transporte Escolar Interjurisdiccional y el Transporte Interjurisdiccional de Niños, Niñas, y/o Adolescentes en el Territorio de la Provincia de San Luis".

    c) Autoridad de aplicación de la Ley N° VII-0587-2007 del Plan Transporte Para Todos.

    d) Autoridad de Aplicación de la Ley N° VIII-0307-2004, Regulación del Transporte Automotor de Pasajeros en la Provincia de San Luis.

    e) Ejercer la Presidencia del Ente Estación de Interconexión Regional de Ómnibus de San Luis (EDIRO).

    1.1 SECRETARÍA PRIVADA:

    a) Asistir al Secretario de Estado de Transporte, generar su agenda diaria y transmitir las directivas a quien corresponda.

    b) Recibir, clasificar y distribuir la correspondencia y documentación de la Secretaría, estableciendo prioridades.

    c) Tramitar el registro y archivar documentación confidencial.

    d) Organizar audiencias, reuniones y eventos.

    1.2 ASESORÍA CONTABLE Y PRESUPUESTARIA:

    a) Efectuar las imputaciones presupuestarias y emisión de órdenes de pago correspondiente a la Secretaría de Estado de Transporte.

    b) Efectuar el control presupuestario respecto de la totalidad de Unidades Ejecutoras dependientes de la Jurisdicción.

    c) Implementar políticas tendientes al incremento de recursos y la utilización eficiente de los mismos.

    d) Velar por el estricto cumplimiento por parte de las Unidades Ejecutoras dependientes de la Jurisdicción, de las disposiciones de la Ley N° VIII-0256-2004, su Decreto Reglamentario y modificatorios.

    1.3 SUBDIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL:

    a) Fijar pautas y coordinar políticas de comunicación externa e interna, para lograr un mayor y mejor impacto de las acciones gubernamentales en la comunidad.

    b) Difundir, a través de medios de comunicación, las actividades de la Secretaría de Estado de Transporte.

    c) Mantener vigente y actualizada la página institucional en plataforma virtual de las distintas terminales del interior de la provincia.

    d) Mantener vigente y actualizada la página institucional del Ente Estación de Interconexión Regional de Ómnibus de San Luis (EDIRO).

    e) Evaluar y generar informes sobre el monitoreo de los diferentes medios de comunicación.

    1.4 DESPACHO:

    a) Recepcionar y coordinar el despacho de la Secretaría de Estado de Transporte y toda documentación que deba ser suscripta por el Secretario de Estado de Transporte, conforme la competencia que le asigne la Ley de Ministerios, la Ley de Contabilidad, Administración y Control Público y demás normas administrativas aplicables a los asuntos y cuestiones en trámite.

    b) Proyectar los actos administrativos necesarios a los fines de cumplimentar con los objetivos propios de la Secretaría de Estado de Transporte.

    c) Organizar y fiscalizar los registros y archivos para el control de la documentación que ingrese o egrese de la Secretaría.

    1.5 ASESORÍA LEGAL:

    Entender y emitir dictamen jurídico en los siguientes aspectos relacionados con el régimen legal y gestión de la Secretaría de Estado de Transporte:

    a) Dictamina con carácter consultivo no vinculante en los asuntos respecto de los cuales se requiera su intervención por parte del Secretario de Estado de Transporte. A tales efectos, deberá elaborar el dictamen o informe pertinente.

    b) Proyecta todo instrumento jurídico que le encomiende el Secretario de Estado de Transporte y propicia su dictado o modificación cuando fundadamente lo considere necesario para el mejor funcionamiento del organismo.

    c) Previo a la suscripción de todo acto administrativo que pudiera afectar derechos o intereses legítimos, toma la intervención de su competencia, en su carácter de Servicio Jurídico, al igual que en los recursos administrativos que se interpongan contra los actos emanados de esta Secretaría.

    1.6 DIRECCIÓN DE TRANSPORTE:

    a) Implementar y asegurar servicios de transporte en el marco de la Ley N° VIII-0307-2004.

    b) Desarrollar y coordinar los servicios de transporte, atendiendo los intereses sociales, políticos, económicos y turísticos de la Provincia, como así también los intereses de la población.

    c) Procurar obtener una efectiva coordinación y organización de los servicios provinciales de transporte con los nacionales y supervisar el cumplimiento de normas legales y reglamentaciones aplicables.

    d) Adoptar las medidas de urgencia que fueren indicadas y justificadas por el estado de necesidad, conducentes a asegurar la continuidad o regularidad en la prestación de los servicios públicos de transporte.

    e) Establecer políticas en materia de fiscalización de Servicio de Transporte en la Provincia.

    f) Otorgar licencias habilitantes para conducir vehículos de transporte público.

    g) Llevar el registro de fiscalización de toda operación, presentación y tramitación ante la Comisión Nacional de Regulación del Transporte y demás autoridades nacionales de transporte, para posibles ingresos de aportes económicos al sistema de transporte de pasajeros.

    1.6.1 SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN, SUPERVISIÓN Y CONTROL DEL SISTEMA DE TRANSPORTE:

    a) Asistir y colaborar directamente con la Dirección en todo lo relacionado a las acciones en las que tenga jurisdicción y en las demás misiones que le asignen.

    b) Supervisar y coordinar el funcionamiento de las áreas dependientes de la Dirección.

    c) Cumplir y hacer cumplir todas las medidas y directivas que disponga la Dirección.

    d) Supervisar el funcionamiento de los operativos de control de los distintos servicios de transporte de pasajeros que se realizan en el ámbito de la Provincia.

    e) Llevar un Registro de sanciones y/o multas impuestas, por la Dirección, a las empresas prestadoras de los distintos servicios de transporte de pasajeros.

    f) Supervisar el cumplimiento de los servicios de transporte de pasajeros que tengan como destino la Provincia.

    g) Desarrollar propuestas para la implementación de nuevos servicios de transporte.

    h) Evaluar y someter a consideración de la Dirección proyectos vinculados al transporte.

    1.6.2 SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN, SUPERVISIÓN Y CONTROL DEL SISTEMA DE TRANSPORTE NO REGULAR:

    a) Supervisar el estado de las unidades habilitadas para la prestación del servicio.

    b) Fiscalizar los servicios habilitados por el Gobierno de la Provincia, vinculados al Servicio de Transporte de Turismo, Contratados y Viajes Especiales.

    1.6.3 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRANSPORTE PROVINCIAL:

    a) Organizar y dirigir estudios tendientes a conformar un cuadro de situación que permita un acabado conocimiento de la realidad del Departamento Juan Martin de Pueyrredón sobre la problemática de Transporte.

    b) Organizar y dirigir el cuerpo de inspectores dependientes de la Dirección con asiento en la ciudad de San Luis.

    c) Ejecutar los operativos de fiscalización y control a los distintos servicios de transporte de pasajeros, en las ciudades de San Luis, Juana Koslay, El Volcán, Potrero de los Funes, Estancia Grande, El Trapiche, La Punta, Villa de la Quebrada, San Francisco del Monte de Oro y demás localidades que por su oportunidad y conveniencia determine la autoridad de la Dirección al momento de la realización de los mismos.

    d) Controlar el efectivo relevamiento de actas de infracción elaboradas por el cuerpo de inspectores a su cargo.

    d) Asistir en el contralor y fiscalización del servicio de transporte de pasajeros en las terminales que dependen del Gobierno de la Provincia.

    1.6.4 ÁREA CONTROL DE TRANSPORTE GENERAL PEDERNERA Y GOBERNADOR DUPUY:

    a) Organizar y dirigir el cuerpo de inspectores dependientes de la Dirección con asiento en la localidad de Villa Mercedes.

    b) Ejecutar los operativos de fiscalización y control a los distintos servicios de transporte de pasajeros, en las localidades de Villa Mercedes, Justo Daract, Buena Esperanza, y demás localidades que por su oportunidad y conveniencia determine la autoridad de la Dirección al momento de la realización de los mismos.

    c) Controlar el efectivo relevamiento de actas de infracción elaboradas por el cuerpo de inspectores a su cargo.

    d) Asistir en el contralor y fiscalización del servicio de transporte de pasajeros en las terminales que dependan del Gobierno de la Provincia.

    1.6.5 ÁREA CONTROL Y SUPERVISIÓN DE TRANSPORTE JUNÍN Y CORONEL PRINGLES:

    a) Ejecutar los operativos de fiscalización y control a los distintos servicios de transporte de pasajeros.

    b) Controlar el efectivo relevamiento de actas de infracción elaboradas por el cuerpo de inspectores a su cargo.

    c) Asistir en el contralor y fiscalización del servicio de transporte de pasajeros en las terminales que dependan del Gobierno de la Provincia.

    1.7 DIRECCIÓN DE INNOVACIÓN Y DESARROLLO TECNOLÓGICO DE TRANSPORTE:

    a) Planificar y promocionar el servicio público de transporte en la jurisdicción provincial.

    b) Realizar análisis y estudios para la elaboración de proyectos de planificación del transporte en el ámbito provincial, proponiendo las acciones y reglamentaciones pertinentes en coordinación con los organismos competentes.

    c) Generar el ámbito para el desarrollo del sistema de transporte inteligente, inclusivo, integrado, equitativo y eficiente.

    d) Realizar estudios geo-referenciados de las redes de transporte provincial a fin de proponer los trayectos que resulten más convenientes para los usuarios.

    1.7.1 SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN INTEGRAL DE TRANSPORTE:

    a) Implementar un plan de modernización y mejora continua para el desarrollo del servicio de transporte de la provincia.

    b) Proponer y efectuar las acciones necesarias para la aplicación de nuevas tecnologías en el sistema de transporte.

    c) Implementar mecanismos, herramientas, obras y servicios que tiendan a mejorar la calidad del servicio de transporte.

    d) Fomentar, organizar y participar en eventos y capacitaciones en materia de gestión y planificación de transporte.

    e) Implementar acciones con otros organismos o dependencias y municipios e intendencias comisionadas para lograr un eficiente servicio de transporte provincial.

    1.8 DIRECCIÓN DE TERMINALES E INTEGRACIÓN REGIONAL:

    Controlar, gestionar y fiscalizar la administración de las terminales terrestres del interior provincial.

    1.8.1 ÁREA ADMINISTRACIÓN TERMINAL DE ÓMNIBUS DE VILLA DE MERLO:

    a) Administrar y controlar el funcionamiento de la Terminal de Ómnibus.

    b) Gestionar el mantenimiento del edificio.

    c) Coordinar acciones con otras áreas del Gobierno Provincial, para el fortalecimiento de la actividad turística y cultural de la localidad de Villa de Merlo y zonas aledañas.

    1.8.2 ÁREA ADMINISTRACIÓN TERMINAL DE ÓMNIBUS DE BUENA ESPERANZA:

    a) Administrar y controlar el funcionamiento de la Terminal de Ómnibus.

    b) Gestionar el mantenimiento del edificio.

    c) Coordinar acciones con otras áreas del Gobierno Provincial, para el fortalecimiento de la actividad turística y cultural de la localidad de Buena Esperanza y zonas aledañas.

    1.8.3 ÁREA ADMINISTRACIÓN TERMINAL DE ÓMNIBUS DE ANCHORENA:

    a) Administrar y controlar el funcionamiento de la Terminal de Ómnibus.

    b) Gestionar el mantenimiento del edificio.

    c) Coordinar acciones con otras áreas del Gobierno Provincial, para el fortalecimiento de la actividad turística y cultural de la localidad de Anchorena y zonas aledañas.

    1.8.4 ÁREA ADMINISTRACIÓN TERMINAL DE ÓMNIBUS DE LUJÁN:

    a) Administrar y controlar el funcionamiento de la Terminal de Ómnibus.

    b) Gestionar el mantenimiento del edificio.

    c) Coordinar acciones con otras áreas del Gobierno Provincial, para el fortalecimiento de la actividad turística y cultural de la localidad de Luján y zonas aledañas.

    1.8.5 ÁREA ADMINISTRACIÓN TERMINAL DE ÓMNIBUS DE LA TOMA:

    a) Administrar y controlar el funcionamiento de la Terminal de Ómnibus.

    b) Gestionar el mantenimiento del edificio.

    c) Coordinar acciones con otras áreas del Gobierno Provincial, para el fortalecimiento de la actividad turística y cultural de la localidad de La Toma y zonas aledañas.

    1.8.6 ÁREA ADMINISTRACIÓN TERMINAL DE ÓMNIBUS DE FRAGA:

    a) Administrar y controlar el funcionamiento de la Terminal de Ómnibus.

    b) Gestionar el mantenimiento del edificio.

    c) Coordinar acciones con otras áreas del Gobierno Provincial, para el fortalecimiento de la actividad turística y cultural de la localidad de Fraga y zonas aledañas.

    1.8.7 ÁREA ADMINISTRACIÓN TERMINAL DE ÓMNIBUS DE VILLA DE LA QUEBRADA:

    a) Administrar y controlar el funcionamiento de la Terminal de Ómnibus.

    b) Gestionar el mantenimiento del edificio.

    c) Coordinar acciones con otras áreas del Gobierno Provincial, para el fortalecimiento de la actividad turística y cultural de la localidad de Villa de la Quebrada y zonas aledañas.

    1.9 ENTE ESTACIÓN DE INTERCONEXIÓN REGIONAL DE ÓMNIBUS DE SAN LUIS (EDIRO):

    a) Administrar y Controlar la Estación de Interconexión Regional de Ómnibus de San Luis y las Terminales del Interior de la Provincia de San Luis que por disposición del Poder Ejecutivo de la Provincia dependan administrativamente de ella.

    b) Hacer cumplir el Reglamento Interno de Funcionamiento de la Estación de Interconexión Regional de Ómnibus de San Luis.

    c) Modificar el Reglamento Interno de Funcionamiento de la Estación de Interconexión Regional de Ómnibus de San Luis por razones de mérito, oportunidad y conveniencia.

    d) Velar por el normal funcionamiento de la Estación de Interconexión Regional de Ómnibus de San Luis y de las Terminales del Interior que dependan administrativamente de ella, pudiendo en caso de ser necesario requerir la ayuda de la fuerza pública.

    e) Administrar los locales, espacios y áreas de la Estación de Interconexión Regional de Ómnibus de San Luis y de las Terminales del Interior que dependan administrativamente de ella y/o cualquier otro servicio que considere necesario para su normal funcionamiento.

    f) Controlar la higiene del Ente y de todas sus dependencias e instalaciones, inclusive aquellas cuya explotación esté a cargo de terceros.

    g) Efectuar el mantenimiento y reparación de las distintas instalaciones del Ente y de todas sus dependencias.

    h) Promover comercialmente la Estación de Interconexión Regional de Ómnibus de San Luis y de las Terminales del Interior que dependan administrativamente de ella, instrumentando los actos jurídicos y contratos que fueren necesarios para tal fin.

    i) Percibir canon de alquileres, gastos comunes, pisadas y cualquier otro ingreso generado por el Ente y sus dependencias.

    j) Administrar su patrimonio.

    k) Requerir del organismo de transporte competente la grilla horaria de ingreso y egreso de vehículos a la Estación de Interconexión Regional de Ómnibus de San Luis para brindar la información adecuada a los usuarios de servicio de transporte.

    1.9.1 DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA:

    a) Ejercer conjuntamente con el Presidente la representación institucional, la administración, dirección y gestión del Ente de Estación de Interconexión Regional de Ómnibus de San Luis de acuerdo a lo establecido en el presente Reglamento y en la Ley N° VIII-0256-2004 de Contabilidad, Administración y Control Público y su Decreto Reglamentario N° 2863-MC-2004 y modificatorios.- b) Presentar al Presidente para su aprobación, los planes de desarrollo a corto, mediano y largo plazo.

    c) Proponer al Presidente, los cánones en conceptos de uso de la infraestructura y los que por ley correspondan al Ente.

    d) Ejercer potestad disciplinaria sobre el personal asignado a la Administración del Ente, de acuerdo a la legislación vigente y al presente Reglamento.

    e) Proponer al Presidente, los convenios de colaboración, acuerdos o contratos, así como su rescisión, celebrado con entes o instituciones, públicas o privadas sujeto a la homologación del Poder Ejecutivo Provincial.

    f) Analizar y elevar al Presidente para su aprobación, la memoria y cuadro anual de ingresos y egresos del Ente.

    g) Elevar al Presidente para su aprobación, los presupuestos detallados de cada una de las dependencias que forman el Ente, observando los gastos necesarios para mantenimiento, reparación, restauración y arreglo de los respectivos inmuebles, como así también la programación de las actividades a desarrollar por las mismas en cada año calendario.

    h) Producir informes periódicos elevando los mismos al Poder Ejecutivo Provincial, a través del Presidente del Ente de las cuestiones que atañen al Ente Estación de Interconexión Regional de San Luis y sus dependencias.

    i) Por delegación del Presidente representar al Ente como organismo desconcentrado.

    j) Proponer al Presidente el orden de los gastos, reconocer y disponer los pagos a cargo del Ente.

    k) Velar por el cumplimiento del presente Reglamento, del Reglamento Interno de Funcionamiento y de las demás disposiciones que se dicten en consecuencia.

    l) Exigir las garantías y contratar las pólizas de seguros necesarias para la protección de los bienes e intereses patrimoniales del Ente y otros riesgos cuyo amparo se estime social y económico.

    1.9.2 ASESORÍA CONTABLE Y PRESUPUESTARIA:

    a) Ejecutar los programas de gastos presupuestados en caso de que no se hubiese confeccionado el presupuesto detallado o la programación de actividades de cada una que forman el Ente, podrá exigir a los responsables la elaboración de los mismos, en un plazo que prudencialmente establezca.

    b) Proponer la realización de auditorías externas, técnicas, generales o específicas en materias que hagan al mejor funcionamiento y explotación del Ente.

    c) Producir informes periódicos elevando los mismos al Gerente Administrativo.

    d) Efectuar las imputaciones presupuestarias y emisión de órdenes de pagos correspondientes.

    e) Implementar políticas tendientes al incremento de recursos y la utilización eficiente de los mismos.

    f) Velar por los estrictos cumplimientos de las disposiciones del presente Reglamento y de la Ley N° VIII-0256-2004 de Contabilidad, Administración y Control Público, su Decreto Reglamentario y modificatorios.

    g) Organizar y controlar los procesos relacionados con los registros, actualización y resguardo de la información comercial, contable y financiera.

    h) Atender en todo lo inherente al cumplimiento de las leyes fiscales, laborales y previsionales nacionales, provinciales y municipales.

    1.9.3 SUBDIRECCIÓN DE MANTENIMIENTO:

    a) Supervisar el cumplimiento de las tareas realizadas por terceros y de los convenios y contratos suscriptos por el ente desconcentrado.

    b) Ejercer todas las facultades de gestión que no estén expresamente atribuidas a otros órganos por la legislación vigente.

    c) Intervenir en la organización de actividades en las cuales se prevean el uso de la infraestructura, equipos, que se encuentran bajo su responsabilidad.

    d) Proponer al Director la creación de nuevos servicios. La propuesta se acompañará de una memoria justificativa de su necesidad, de los medios económicos y personales que hayan de emplearse, así como, en su caso, el destino de lo producido.

    e) Producir informes periódicos elevando los mismos al Director, de las cuestiones que atañen al Ente.

    f) Tener a su cargo el control de mantenimiento y conservación de las instalaciones.

    1.9.4 ÁREA RECURSOS HUMANOS:

    a) Llevar un legajo individual de cada empleado.

    b) Llevar un adecuado control relativo a la disciplina, asistencia, licencias, vacaciones, permisos, seguridad e higiene y todo otro asunto referido al personal.

    c) En caso de vacantes, buscar y seleccionar agentes capaces para cubrir las mismas, analizando las habilidades, aptitudes, capacidades y cualidades a fin de decidir, sobre bases objetivas, el mayor potencial para el desempeño del puesto conforme a las necesidades del Ente.

    d) Gestionar todos los trámites administrativos y jurídicos inherentes al personal.

    e) Crear, mantener y desarrollar un recurso humano con habilidades, motivación y satisfacción suficientes para conseguir los objetivos y metas del Ente.

    f) Proponer y realizar capacitaciones para el personal a los fines de lograr un correcto funcionamiento del Ente, optimizando los recursos humanos.

    1.9.5 ÁREA INSUMOS:

    a) Planificar, dirigir y controlar los aspectos operativos de inventarios de insumos, coordinando las acciones necesarias con la Subdirección de Mantenimiento para una adecuada prestación de servicio.

    b) Administrar el abastecimiento de insumos en general para el mantenimiento del Ente, estableciendo los límites máximos y mínimos de stock de insumos y repuestos de acuerdo a criterios de eficiencia y economía.

    c) Elaborar y presentar los reportes estadísticos referidos a aspectos de su competencia.

    Art. 3°.- El Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública a través del Área correspondiente, procederá a proyectar las modificaciones presupuestarias y/o reasignación de partidas como consecuencia de lo dispuesto por el presente Decreto.-

    Art. 4°.-Hacer saber a los Ministerios y Secretarías de Estado del Poder Ejecutivo Provincial y a los organismos dependientes de la Secretaría de Estado de Transporte.-

    Art. 5°.-El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Transporte, la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

    Art. 6°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

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