Condenan a una empresa de TV por cable por incluir a una mujer en un registro de morosos sin haber sido clienta


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    Debe condenarse a la empresa de TV por cable a indemnizar a una mujer por los perjuicios sufridos con motivo de su inclusión en el registro de deudores sin haber sido clienta, puesto que, pese a tener a tener conocimiento de los hechos, la accionada no se preocupó en adoptar los mínimos recaudos para eliminar el nombre de la actora del registro de deudores, y si hubiera tomado una actitud más diligente, por cuanto estaba en mejores condiciones de corroborar la legitimidad de la deuda que hace a la especialidad de su actividad, habría evitado los perjuicios innecesariamente generados a causa de su omisión.
    SENTENCIA
    13 de Diciembre de 2023
    CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL. CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
    Sala D
    Magistrados: Gabriel Gerardo Rolleri - Maximiliano Luis Caia
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    Carátula: González, Marisa Noemí c/ Direct TV Argentina S.A. y otro s/ daños y perjuicios

    Fuente de Información





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