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- SENTENCIA
- 18 de Diciembre de 2023
- CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL. CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
- Magistrados: Rodolfo Pociello Argerich - Hernán Martín López
Debe autorizarse a salir del país al imputado, porque si bien se le atribuyen presuntas conductas constitutivas de abuso sexual en perjuicio de su hija, su situación procesal no está resuelta a la fecha, pues siquiera se le ha recibido declaración indagatoria. Además el imputado ya fue autorizado en reiteradas oportunidades a salir del país -la primera de ellas con acuerdo de la querella- y en todas ellas, a su regreso, informó dicha circunstancia ante el juez de grado tal como le fuera impuesto. En consecuencia, no existen elementos de peso que permitan sostener que con el presente viaje intentará eludir la acción de la justicia o entorpecer el curso de la investigación.
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Carátula: G., J. s/ abuso sexual - autorización para salir del país
Fuente de Información

➥ No es discriminatoria la ley pampeana que exige título de carreras de cinco años para acceder al escalafón profesional
➥ No basta acreditar la prestación de servicios para que opere la presunción de existencia de relación laboral
➥ Condenaron a concejal que exigía dinero para gestionar contratos en favor de integrantes de su agrupación política
➥ Confirmaron las condenas de varios funcionarios por maniobras ilícitas llevadas a cabo en el municipio de Mercedes