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- LEY 14.219
- SANTA FE, 23 de Noviembre de 2023
- Boletín Oficial, 28 de Diciembre de 2023
- Vigente, de alcance general
La Legislatura de la Provincia de Santa Fe sanciona con fuerza de Ley:
ARTÍCULO 1.- Prorrógase en todos sus términos, por el plazo de dos (2) años, la Ley N° 13888 y sus modificatorias, contados a partir de la expiración de la vigencia de la misma.
ARTÍCULO 2.- Autorízase al Poder Ejecutivo a efectuar, en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos para el ejercicio vigente, las adecuaciones presupuestarias que resulten necesarias para el cumplimiento de la presente ley.
ARTÍCULO 3.- Exímese, por única vez, a la Cooperativa de Trabajo Algodonera Santa Fe Limitada de la ciudad de Reconquista, del pago de todo impuesto, tasa, sellado o timbrado, que tenga origen en la tramitación de las habilitaciones y certificaciones administrativas para el normal desarrollo de sus actividades, en el ámbito de la provincia de Santa Fe.
ARTÍCULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
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