Ley 9503 de MENDOZA


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    LEY 9.503
    MENDOZA, 31 de Diciembre de 2023
    Boletín Oficial, 9 de Enero de 2024
    Vigente, de alcance general
    Ejecución de sentencia, suspensión del trámite, deudores incobrables, ejecución hipotecaria

    La Legislatura de la provincia sanciona con fuerza de Ley:

    ART. 1 - Suspéndase todo trámite de ejecución de sentencias que recaiga sobre las deudas hipotecarias, cuyos titulares estén comprendidos por el artículo 2° de la Ley N° 8.182, hasta el treinta y uno (31) de diciembre de 2.024. Estos deudores, no están obligados a la realización de ningún trámite administrativo ante el Poder Ejecutivo o Judicial mientras el primero lleva adelante las labores que le encomendara la Ley N° 8.182, ni la ausencia de ellos tomada como abuso o dilación mientras se sustancien las causas. La presente disposición, es de orden público y de cumplimiento obligatorio respecto a los deudores hipotecarios comprendidos en la Ley N° 8.182.

    ART. 2- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

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