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- DECRETO NACIONAL 33/2024
- BUENOS AIRES, 8 de Enero de 2024
- Boletín Oficial, 9 de Enero de 2024
- Vigente, de alcance general
ARTÍCULO 1º.- Sustitúyese del Anexo I -Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría-, aprobado por el artículo 1° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, el Apartado VI, MINISTERIO DEL INTERIOR, por el siguiente:.
VI. - MINISTERIO DEL INTERIOR.
- UNIDAD GABINETE DE ASESORES.
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA.
-SUBSECRETARÍA LEGAL.
- SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA.
SECRETARÍA DE PROVINCIAS Y MUNICIPIOS.
- SUBSECRETARÍA DE RELACIONES CON LAS PROVINCIAS.
- SUBSECRETARÍA DE RELACIONES CON LOS MUNICIPIOS.
SECRETARÍA DE INTERIOR.
- SUBSECRETARÍA DE INTERIOR.
- SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS POLÍTICOS.
SECRETARÍA DE TURISMO, AMBIENTE Y DEPORTES.
- SUBSECRETARÍA DE TURISMO.
- SUBSECRETARÍA DE AMBIENTE.
- SUBSECRETARÍA DE DEPORTES."
ARTÍCULO 2°.- Suprímense del Anexo I -Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría-, aprobado por el artículo 1° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, los Apartados XXIII y XXIV.
ARTÍCULO 3°.- Sustitúyese del Anexo II -Objetivos-, aprobado por el artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, el Apartado VI, MINISTERIO DEL INTERIOR, por el obrante en la PLANILLA ANEXA (IF-2023-154622383-APN-MI) al presente artículo, que forma parte integrante del presente decreto.
ARTÍCULO 4°.- Suprímense del Anexo II -Objetivos-, aprobado por el artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, los Apartados XXIII y XXIV.
ARTÍCULO 5°.- Sustitúyese del Anexo III -Ámbitos jurisdiccionales en los que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados-, aprobado por el artículo 3° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, el Apartado VI, MINISTERIO DEL INTERIOR, por el siguiente:.
"VI - MINISTERIO DEL INTERIOR.
Organismos Descentralizados.
ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES.
SECRETARÍA DE INTERIOR.
DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES.
REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS (RENAPER).
Empresas y Entes del Sector Público Nacional.
SECRETARÍA DE TURISMO, AMBIENTE Y DEPORTES.
INSTITUTO NACIONAL DE PROMOCIÓN TURÍSTICA (INPROTUR).
COMISIÓN NACIONAL ANTIDOPAJE (CNAD).
ENTE NACIONAL DE ALTO RENDIMIENTO DEPORTIVO (ENARD)."
ARTÍCULO 6°.- Suprímense del Anexo III -Ámbitos jurisdiccionales en los que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados-, aprobado por el artículo 3° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, los Apartados XXIII y XXIV.
ARTÍCULO 7º.- Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las áreas afectadas por la presente medida, se mantendrán vigentes las aperturas estructurales existentes de nivel inferior a Subsecretaría, las que transitoriamente mantendrán las acciones, dotaciones y personal con sus respectivos cargos, niveles, situación de revista y suplementos vigentes a la fecha.
ARTÍCULO 8º.- Hasta tanto se efectúen las adecuaciones presupuestarias correspondientes, la atención de las erogaciones de las áreas afectadas por la presente medida se atenderán con cargo a los créditos presupuestarios previstos en las Jurisdicciones y Entidades de origen.
ARTÍCULO 9°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 3
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