Decreto 92/23 de BUENOS AIRES


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    DECRETO 92/2023
    LA PLATA, 29 de Diciembre de 2023
    Boletín Oficial, 3 de Enero de 2024
    Vigente, de alcance general
    Viáticos, personal policial, personal civil de la policía, operativo público de prevenciónSe establece el importe diario en concepto de viático para el personal civil, y policial dependiente del Ministerio de Seguridad comisionado en el marco del "Operativo de Sol a Sol 2024".

    ARTÍCULO 1°. Establecer el importe diario en concepto de viático para el personal civil, y policial dependiente del Ministerio de Seguridad comisionado en el marco del "Operativo de Sol a Sol 2024" y de los restantes operativos a realizarse durante 2024 en el territorio provincial, los cuales demanden la movilización masiva del referido personal, de acuerdo con el cronograma anual de feriados nacionales, días no laborables y feriados con fines turísticos establecidos o a establecerse por el Poder Ejecutivo Nacional o Provincial, incluyendo el período de receso escolar invernal y la avanzada del "Operativo de Sol a Sol 2023/2024", a partir del día 15 de diciembre de 2023, sin distinción de jerarquía, categoría ni escalafón, en la suma de pesos dieciocho mil setecientos treinta y dos ($18.732).

    ARTÍCULO 2°. Establecer el importe diario en concepto de viático para el personal de cadetes/as dependiente del Ministerio de Seguridad comisionado en el marco del "Operativo de Sol a Sol 2024" y de los restantes operativos a realizarse durante 2024 en el territorio provincial, los cuales demanden la movilización masiva del referido personal, de acuerdo con el cronograma anual de feriados nacionales, días no laborables y feriados con fines turísticos establecidos o a establecerse por el Poder Ejecutivo Nacional o Provincial, incluyendo el período de receso escolar invernal y la avanzada del "Operativo de Sol a Sol 2023/2024", a partir del día 15 de diciembre de 2023, en un 50% del monto establecido en el artículo 1°.

    ARTÍCULO 3°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Seguridad y de Hacienda y Finanzas a cargo del despacho del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros.

    ARTÍCULO 4°. Registrar, notificar al Fiscal de Estado, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial, y al SINDMA. Cumplido, archivar.

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