Habilitan la feria para tratar la acción de un juez que pidió la inconstitucionalidad del DNU 70/2023


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    Dispone habilitar la feria judicial a los efectos de tratar una acción declarativa de inconstitucionalidad, entablada por un Juez contra una empresa de medicina prepaga, en la cual solicita la citación del Estado Nacional como tercero interesado, a los fines que se declare la inconstitucionalidad de los arts. 267 y 269 del Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023, en relación a los aspectos desregulatorios de las empresas de medicina prepaga. Señala que, atento las razones de urgencia invocadas y encontrándose las mismas dentro de las causales previstas por los arts. 153 del C.P.C.C.N. y 4 del Reglamento para la Justicia Nacional, corresponde habilitar la feria judicial del corriente mes y año.

    SENTENCIA
    JUZGADO FEDERAL EN LO CIVIL Y COMERCIAL Y CONTENCIOSO ADM. Nro 3
    , BUENOS AIRES
    2 de Enero de 2024
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    Carátula: Ceballos, Maximiliano Alberto c/ Swiss Medical S.A. s/ accion mere declarativa de inconstitucionalidad

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