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- LEY 11.124
- PARANA, 22 de Noviembre de 2023
- Boletín Oficial, 13 de Diciembre de 2023
- Vigente, de alcance general
Art. 1°: Autorízase al Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos, a aceptar la donación de un (1) inmueble propiedad de la Municipalidad de La Criolla, que según plano de mensura N° 85851, partida provincial N° 171536, partida municipal N° 51004, se ubica en el Departamento Concordia, Distrito Suburbios, Municipio de La Criolla, planta urbana, manzana N° 51, con domicilio parcelario en calle Río Gualeguaychú s/n esquina calle Lago Belgrano, de una superficie de cuatrocientos metros cuadrados (400,00 m2) comprendido entre los siguientes límites y linderos:
NORTE: recta (1-2) al rumbo S 78° 59'; E de 20,00 m., lindando con calle Río Gualeguaychú.
ESTE: recta (2-3) al rumbo S 11° 01' O de 20,00 m., lindando con calle Lago Belgrano.
SUR: recta (3-4) al rumbo N 78° 59'; O de 20,00 m., lindando con Municipalidad de La Criolla (plano N° 84.989) OESTE: recta (4-1) al rumbo N 11° 01' E de 20,00 m., lindando con Municipalidad de La Criolla (plano N° 84.989).
Art. 2°: El inmueble donado conforme lo dispuesto en el artículo 1° es destinado para el funcionamiento del Centro de Formación Profesional N° 61 del Departamento Concordia. Que se fija como fecha para la realización de las obras de infraestructura o comienzo de la Construcción el plazo máximo de cinco (5) años contados desde la sanción de la Ordenanza N° 004/23, que de no cumplirse la presente donación quedará sin efecto y automáticamente el predio del terreno volverá al patrimonio municipal.
Art. 3°: Facúltase a la Escribanía Mayor de Gobierno a realizar los trámites conducentes para la efectiva transferencia de dominio del inmueble individualizado, a favor del Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos.
Art. 4°: Comuníquese, etcétera.
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